Sequía y escasez hídrica: mejoras institucionales y regulatorias en materia de aguas

133 5. REFORMAAL CÓDIGO DE AGUAS. DESAFÍOS EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LA FUNCIÓN... Págs. 125 - 154 C apítulo II: P reservación ecosistémica en el C ódigo de A guas luación de ImpactoAmbiental, implica la utilización de criterios relevantes para comprender desde un punto de vista técnico la interrelación del agua, no solo con los ecosistemas asociados, sino que también con otros compo- nentes del medio ambiente y con otros recursos naturales renovables. En consecuencia, se revisarán algunos criterios para comprender el alcance de la función de preservación ecosistémica del agua. En términos generales, la evaluación de impacto ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) se basa en el aná- lisis de las partes, obras y acciones de un proyecto o actividad a ejecutarse y cómo estas alteran los componentes del medio ambiente involucrados 13 . Este Sistema funciona bajo la modalidad de “ventanilla única”, lo cual im- plica que “la totalidad de la dimensión ambiental vinculada a un proyecto o actividad sometido a evaluación en el SEIA, se examina y determina sola y exclusivamente a través de ese procedimiento, coordinado por un sólo órgano”: el Servicio de Evaluación Ambiental 14 . Así, el Sistema permite observar los efectos de un proyecto desde una perspectiva holística, que abarca los distintos componentes del medio am- biente y sus interacciones. A modo de contexto, los proyectos o actividades que deben ingresar al SEIA son aquellos listados en el artículo 10 de la Ley N° 19.300, ya que, de conformidad a este artículo, son “susceptibles de causar impacto ambiental”. Los proyectos que, además de estar listados en este artículo, generen o presenten a lo menos uno de los efectos, características o cir- cunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, deberán presentar un estudio de impacto ambiental (EIA) 15 . Si, por el contrario, no presentan uno de estos efectos, características o circunstancias, deberán ingresar al SEIA mediante una declaración de impacto ambiental (DIA) 16 . 13 S ervicio de E valuación A mbiental (2015), p. 10. 14 G uzmán (2012) , p. 139. 15 Artículo 2° letra i) de la Ley N° 19.300: “Estudio de ImpactoAmbiental: el documento que describe pormenorizadamente las características de un proyecto o actividad que se pretenda llevar a cabo o su modificación. Debe proporcionar antecedentes fundados para la predicción, identificación e interpretación de su impacto ambiental y describir la o las acciones que ejecutará para impedir o minimizar sus efectos significativamente adversos”. 16 Artículo 2° letra f) de la Ley N° 19.300): “f) Declaración de Impacto Ambiental: el documento descriptivo de una actividad o proyecto que se pretende realizar, o de las

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