Sequía y escasez hídrica: mejoras institucionales y regulatorias en materia de aguas

130 CAMILAMARTÍNEZ ENCINA - CONSTANZAMUÑOZ HUNT - NICOLÁS YÁÑEZ VIVEROS Págs. 125 - 154 C apítulo II: P reservación ecosistémica en el C ódigo de A guas del agua, y, a su vez, el agua es esencial para la mantención y evolución de ecosistemas. El concepto ecosistema, desde la perspectiva de la ecología, ha sido definido como “unidad de organización ambiental, relativamente autóno- ma en su funcionamiento, integrada por componentes físicos, químicos y biológicos, dinámicamente interrelacionados entre sí, y con otros ecosiste- mas, que condicionan la vida en la Tierra” 6 . También ha sido definido por el Convenio sobre la Diversidad Biológica como un “complejo dinámico de comunidades vegetales, animales y de microorganismos y su medio no viviente, que interactúan como una unidad funcional”. Esta definición ha sido también recogida por normativa nacional 7 . Estas definiciones dan cuenta de un concepto complejo, que considera tanto una serie de elementos vivos y no vivos, como también las interrela- ciones entre estos elementos. Ejemplos de potenciales incidencias del ma- nejo del recurso hídrico en los ecosistemas, serán revisados en la sección 5.3 de este trabajo. En el contexto de cambio climático, la protección y mantención de eco- sistemas ha sido una preocupación central, toda vez que se reconoce la exis- tencia de efectos significativos, producidos por este fenómeno, en la compo- sición, la capacidad de recuperación o la productividad de los ecosistemas naturales 8 . La recién publicada Ley N° 21.455, Ley Marco de Cambio Cli- mático, reconoce también el riesgo al que están expuestos los ecosistemas, recogiendo dentro de sus principios la Urgencia climática, de conformidad al cual “la actuación del Estado debe considerar el grave riesgo que el cam- bio climático conlleva para las personas y los ecosistemas […]” 9 . Así mismo, cabe destacar otro de los principios que deberán inspirar las políticas, planes programas, normas y acciones que se dicten o ejecuten en el marco de la Ley N° 21.455, correspondiente al enfoque ecosistémico, entendido como aquel que considera la conservación de la estructura y función del sistema ecológico, la naturaleza jerárquica de la diversidad 6 F ernández (2013), p. 20. 7 Artículo 2° letra h) de la Ley N° 4.601 y artículo 2° del Convenio sobre la Diversidad Biológica. 8 Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (1992), artícu- lo 1.1. 9 Artículo 2° letra k) de la Ley N° 21.455.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=