Sequía y escasez hídrica: mejoras institucionales y regulatorias en materia de aguas
117 4. LA PROTECCIÓN DE LOS HUMEDALES EN LA LEGISLACIÓNAMBIENTAL... Págs. 91 - 122 C apítulo I: M edio ambiente y derechos humanos las funciones y servicios ecosistémicos de los humedales, más allá de su mera declaración. Además, un avance destacable en esta materia lo cons- tituye la reciente regulación de los humedales urbanos, mediante la Ley N° 21.202 y su Reglamento, contenido en el DS N° 15/2020, del Minis- terio del Medio Ambiente, que “establece los criterios mínimos para la sustentabilidad de los humedales urbanos, para el resguardo de sus carac- terísticas ecológicas y su funcionamiento, y la mantención del régimen hi- drológico, tanto superficial como subterráneo, integrando las dimensiones sociales, económicas y ambientales” 83 . No obstante esta feliz excepción, a nuestro juicio, la legislación am- biental analizada en esta sección carece aún de un criterio conductor que permita impulsar una regulación integral y con criterios uniformes de pro- tección. A lo anterior, se suma el hecho de que la discusión sobre la insti- tucionalidad del agua, su régimen de propiedad y usos, es una materia que, pese a la reciente dictación de la reforma del Código de Aguas, seguirá vigente. 4.5. Conclusiones Como conclusiones del análisis efectuado, podemos señalar lo siguiente: • Los humedales han sido objeto de la gestión pública ambiental des- de a lo menos el comienzo del siglo XXI, siendo parte importante de las estrategias y políticas del Ministerio del Medio Ambiente. En los últimos años, con la dictación de la Ley N° 21.202, se ha producido un impulso mayor en la regulación específica de los hu- medales urbanos, lo que ha implicado un avance en la protección de dichos ecosistemas, dejando de ser, a nuestro juicio, los “grandes olvidados” de la legislación ambiental. Asimismo, la jurisprudencia judicial ha sido un factor de relevancia para destacar la necesidad de dar adecuada protección a estos ecosistemas. • La institucionalidad ambiental dispone de suficientes facultades para elaborar las políticas y normas necesarias para reforzar la protección de los humedales. Demostración de ello lo constituye el estatuto jurídico de los humedales urbanos que, en muy poco 83 Artículo 1° del DS N° 15/2020.
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