Sequía y escasez hídrica: mejoras institucionales y regulatorias en materia de aguas

102 FELIPE LEIVA SALAZAR - JAVIERA FERNÁNDEZ CARRIZO Págs. 91 - 122 C apítulo I: M edio ambiente y derechos humanos dientes y relacionados” 39 . En el ejercicio de estas facultades, el MMA ha desarrollado las siguientes guías: • Guía de Orientación para el uso de la Evaluación Ambiental Estra- tégica en Chile (2015) (Guía EAE), y • Guía de orientación para incorporar la dimensión ambiental en pro- cesos de ordenamiento territorial sustentable (2015) (Guía OTS). En relación con los humedales, la Guía EAE constituye una “herra- mienta de apoyo con orientaciones conceptuales y metodológicas para la aplicación de la EAE en los diversos instrumentos”, existiendo solo una referencia, utilizada a modo de ejemplo, a la “Estrategia Nacional para la Conservación y Uso Racional de los Humedales” 40 . Por su parte, la Guía OTS tiene por objetivo “establecer orientaciones para la incorporación de la dimensión ambiental en los procesos asociados al ordenamiento territo- rial con la finalidad de asegurar intervenciones bajo el marco del desarrollo sustentable” 41 . Específicamente, considera los “humedales y zonas ripa- rianas” como parte de “subtemas” que deben ser considerados dentro de un proceso de ordenamiento territorial sustentable, dentro del tema “Biodiver- sidad y los Servicios Ecosistémicos” 42 . b. Otros instrumentos de gestión ambiental Respecto de las normas de calidad (NC) e IGA relacionados (ZL, ZS, PP, PD y NE), estos han sido concebidos como herramientas tendientes a regular la calidad de un determinado componente del medio ambiente (aire, agua y suelo) en relación con la presencia en ellos de elementos, compuestos, sustancias, derivados químicos o biológicos, energías, radia- ciones, vibraciones, ruidos o combinación de ellos, cuya presencia o ca- rencia en el ambiente pueda constituir un riesgo para la vida o la salud de la población (NC primaria) o pueda constituir un riesgo para la protección o la conservación del medio ambiente, o la preservación de la naturaleza (NC secundaria) 43 . En la medida que las NC establecen estándares de con- 39 Según la letra e) del artículo 81 de la Ley N° 19.300. 40 Ver MMA (2015a), p. 39. 41 Ver MMA (2015b), p. 10. 42 Ver MMA (2015), p. 27. 43 Ver letras n) y ñ) del artículo 2° de la Ley N° 19.300 de 1994.

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