Sequía y escasez hídrica: mejoras institucionales y regulatorias en materia de aguas

67 3. NORMAS DE EMISIÓN Y CALIDAD DELAGUA: SU NECESARIO FORTALECIMIENTO... Págs. 61 - 90 C apítulo I: M edio ambiente y derechos humanos Es en este sentido donde cobran gran relevancia las NSCA, porque, al deteriorarse la calidad, sin perjuicio de que las fuentes estén cum- pliendo las normas de emisión, se podrán activar los IGA correspon- dientes para establecer medidas específicas para esas fuentes, según veremos a continuación. b) Planes de prevención y/o descontaminación: El plan de prevención es un IGA que, a través de la definición e implementación de medidas y acciones específicas, tiene por finali- dad evitar la superación de una o más normas de calidad ambiental primaria o secundaria, en una zona latente 8 . A su vez, un plan de descontaminación es aquel cuya finalidad es recuperar los niveles señalados en las normas primarias y/o secundarias de calidad am- biental de una zona calificada como saturada por uno o más conta- minantes 9 . Por otra parte, una zona latente es aquella en que la medición de la concentración de contaminantes se sitúa entre el 80 y el 100 % del valor de la respectiva norma de calidad ambiental 10 , mientras que las zonas saturadas son aquellas en que una o más normas de calidad ambiental se encuentran sobrepasadas 11 . En consecuencia, si el valor de una NSCA está cerca de sobrepasarse (entre un 80 y un 100 % de cumplimiento), la zona se declara latente y se deberá elaborar un plan de prevención. Por otra parte, si una o más NSCA han sido superadas (sobre 100 %), se deberá declarar la zona como saturada y elaborar un plan de descontaminación. Lo indicado se relaciona directamente con lo que venimos reflexio- nando en el acápite anterior, esto es, la importancia de la relación entre las NSCA y las normas de emisión al medio hídrico. En cuanto a su relación con los planes, sean de prevención o de des- contaminación, las normas de emisión cumplen un rol crítico para el éxito de estos instrumentos. Generalmente, estas normas tienen por 8 Artículo 2° del Decreto Supremo N° 39, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente. 9 Ídem. 10 Artículo 2° letra t) de la Ley N° 19.300 de 1994. 11 Artículo 2° letra u) de la Ley N° 19.300 de 1994.

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