Derechos humanos en Chile. Pasado, presente y futuro
26 consensos están empezando a ser cuestionados y relativizados por algunos sectores sociales. ¿Dónde están consagrados los derechos humanos? Estos derechos se consagran en catálogos, es decir, listados en los que nos po- nemos de acuerdo (por eso son un acuerdo político, pero también jurídico) en cuáles van a ser los límites al Estado. La Constitución es la carta fundamental de organización jurídico-política de una sociedad y por ello los derechos se instalan allí, porque nos interesa que estén especialmente protegidos y por- que desde allí irradian a todo el ordenamiento jurídico. Sin embargo, desde la mitad del s. XX también hemos tomado la decisión como humanidad de protegerlos a nivel internacional, por eso tenemos catálogos de derechos en el ámbito de Naciones Unidas, del sistema de la OEA y del sistema europeo y africano. Esto corresponde al proceso de «internacionalización» al que nos referimos anteriormente. A nivel mundial, el hito más importante en términos de consagración de derechos humanos lo encontramos en la Declaración Universal de Derechos Hu- manos de 1948. Aunque su redacción no estuvo exenta de problemas, porque debía haber un acuerdo mínimo universal, actualmente se considera que esta carta representa el consenso al que la humanidad ha llegado sobre esta ma- teria. Como señalábamos en los procesos de evolución histórica, el proceso de consagración de los derechos en distintos catálogos no es estático, sino que ha ido avanzando progresivamente y se han desarrollado nuevos pactos y cartas donde se van consagrando nuevos derechos. Por ejemplo, uno de los últimos pactos internacionales en el ámbito del sistema de la OEA es la Convención interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores (2017). ¿Qué tipos de derechos humanos existen? (Tipología) Existen diversos tipos de derechos, que pueden ser clasificados dependiendo de las finalidades que se busca proteger con ellos y los principios en los que están inspirados. De esta manera, tradicionalmente se ha señalado que hay tres «tipos» de derechos humanos: 1) civiles y políticos, 2) sociales, econó- micos, culturales y ambientales, y 3) derechos colectivos.
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