Derechos humanos en Chile. Pasado, presente y futuro

146 responsabilidad penal por responsabilidad del superior: (1) que la persona que tiene una responsabilidad de mando haya tenido control efectivo sobre los subordinados, (2) que haya tenido conocimiento (o debiera haberlo teni- do) de que sus subordinados estaban cometiendo graves violaciones de de- rechos humanos, y (3) que haya omitido tomar las medidas razonables para prevenir dichos actos o para castigar a los responsables. En el caso de las graves y generalizadas violaciones a los derechos huma- nos cometidas durante la revuelta social, la investigación penal para dilucidar la responsabilidad de los mandos estratégicos de Carabineros se activó gracias a querellas presentadas en abril de 2021 por organizaciones de la sociedad ci- vil, como Londres 38, la Asociación de Abogadas Feministas (ABOFEM) y el Centro de Estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. Después de algunos años en que el general director en funciones y ex ge- nerales de Carabineros buscaron dilatar la investigación y no cooperaron con la misma, en octubre de 2024 se llevó a cabo la formalización de tres ex altos mandos de Carabineros. El proceso judicial iniciado contra Mario Rozas, Ri- cardo Yáñez y Diego Olate —las máximas autoridades de Carabineros en ese momento— comenzó con la formalización por la imputación del delito de apremios ilegítimos con figura omisiva, es decir, cuando un funcionario po- licial, abusando de sus atribuciones y sin cumplir las formalidades indicadas por la ley, priva a un tercero de su libertad personal o incluso realiza vejáme- nes o tormentos y, además, siendo personas con cargos de alta responsabili- dad y teniendo conocimiento de aquello, no tomaron las medidas necesarias para evitarlo y sancionarlo como corresponde. Durante las audiencias de formalización, la Fiscalía sostuvo que los altos mandos habrían incumplido con su deber en al menos cuatro áreas: en el con- trol y reglamentación del uso de armamento y municiones, en la promoción y cumplimiento de los derechos humanos, en la supervisión de sus subordina- dos, y en el mantenimiento de la disciplina dentro de la institución. En cuanto al control del uso de armamento, la falta de reglamentación ade- cuada y el uso indiscriminado de la fuerza llevaron a miles de personas a sufrir lesiones irreparables. Los informes técnicos y las advertencias previas, como la del Colegio Médico el 20 de octubre de 2019, no fueron suficientes para que las autoridades tomaran medidas efectivas. En lugar de proteger a la ciudadanía, se permitió el uso masivo de municiones peligrosas, como los 114.073 cartuchos disparados solo en octubre de ese año. Si este cálculo se reduce a las horas de manifestaciones durante las jornadas, hablamos de 680

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