Derechos humanos en Chile. Pasado, presente y futuro

132 ñalan que «La institución nacional será competente en el ámbito de la promo- ción y protección de los derechos humanos» y «dispondrá del mandato más amplio posible, claramente enunciado en un texto constitucional o legislativo, que establezca su composición y su ámbito de competencia». Asimismo, el Principio pro persona obliga a hacer una interpretación en el sentido de que el legislador ejemplifica los temas que pueden ser objeto de querella, pero no limita la amplia competencia del instituto para ejercer acciones legales, pues se ejercen de acuerdo a su mandato de promoción y protección de los dere- chos de las personas. Por otra parte, el INDH tiene un interés en actuar como interviniente en el proceso, que consiste en velar por el cumplimiento de los estándares de debida diligencia estatal en investigación y sanción de hechos que puedan constituir graves violaciones de derechos humanos. Por último, hay jurisprudencia judicial y administrativa que reafirma la interpretación amplia de las atribuciones del INDH para deducir acciones judiciales. Sobre los pronunciamientos de fondo, lo más relevante es que este actuar del tribunal no solo constituye una contravención a lo que se le permite rea- lizar en cada etapa procesal, sino sobre todo una abierta infracción a las obli- gaciones que tiene el Estado en materia de garantías judiciales, derecho a la verdad, justicia y estándar de la debida diligencia en la investigación. De este modo, el tribunal descarta la existencia del delito sin mediar investigación al- guna —pronunciamiento que está fuera de sus competencias—, lo que justifica el uso desproporcionado de la fuerza pública y criminaliza la protesta social. Así, las declaraciones de inadmisibilidad de los juzgados de garantía no solo pretendieron dejar fuera de estos procesos a la institución nacional de derechos humanos, sino que además propiciaron la impunidad. Dificultades presentadas en cuanto al desempeño del Ministerio Público Respecto del rol del Ministerio Público, en primer lugar, es necesario recordar que las violaciones de derechos humanos que tuvieron lugar en el contexto del estallido social generaron el ingreso de miles de denuncias ante esa institu- ción. De acuerdo a la información entregada por el ente persecutor, se ingre- saron 10.142 denuncias por estos hechos. ¿Qué ha pasado con esas denuncias? de 1991 y fueron aprobadas por la antigua Comisión de Derechos Humanos de la ONU en marzo de 1992, han adoptado el carácter de principios del derecho internacional», Centro de Derechos Humanos Universidad Diego Portales, Informe anual sobre derechos humanos en Chile (UDP, 2010), 451.

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