Olga Poblete. Educadora, historiadora, feminista, militante de la paz
416 olga poblete Impedimento y denuncia de toda agresion armada bajo cual- quier pretexto que se hiciere N° 4. Consideramos necesario denunciar los intentos de los agresores de sembrar la confusión sobre la propia noción de la agresión para dar de este modo un pretexto a la intervención extranjera en los asuntos internos de otros países. Ninguna con- sideración de orden político estratégico o económico, ninguna razón basada en la situación interior o en conflictos internos de tal o cual Estado pueden justificar la intervención armada de otro Estado cualquiera que este sea. La agresión es el acto crimi- nal de un Estado que emplea el primero la fuerza armada contra otro Estado bajo cualquier pretexto. Este problema trascendental para los pueblos en esta hora, fue lar- gamente debatido entre diferentes puntos de vista que se expresaron en el Congreso de Varsovia. Pierre Cot, ex Ministro de Francia, que integraba la delegación de su país, en un admirable discurso de fina lógica y documentada argumentación, planteó el problema de la de- finición de la agresión. Apoyándose en los postulados del derecho internacional, definió la agresión como «la fuerza que viene desde el exterior, para imponer una voluntad a un Estado determinado». Luego, agregó: «pero es bien evidente que cuando en el Interior del Estado tenemos fenómenos eruptivos de violencia, en ese caso no se puede ni debe hablar de agresión, porque los pueblos tienen el dere- cho, dentro de su país, a hacer lo que deseen». A continuación Pierre Cot hizo la siguiente cita de Abraham Lincoln: «Los pueblos tienen el derecho legal de derrocar sus gobiernos por los medios legales, y tienen el derecho revolucionario, si lo desean». Antes de Lincoln, en pleno siglo xiii, un documento fundamen- tal para la historia de la libertad y del derecho, consagraba entre sus artículos el derecho a la rebelión, me refiero a la Carta Magna firma- da por Juan Sin Tierras en 1215. Y unos mil ochocientos años antes aún, los textos chinos del Chou King que compilaba Confucio, se- ñalaban este mismo derecho que les asiste a los pueblos a derrocar al Soberano del Cielo, cuando sus errores y arrebatos señalaban que ya la divina sabiduría lo había abandonado. ¿Cuándo y a quién se apli-
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