Dossier N° 10 - Aproximaciones al discurso de la extrema derecha
Dossier N° 10 / Programa de Estudios Comunitarios Latinoamericanos, Universidad de Chile. 36 En Argentina se encuentra prohibida la creación de nuevos manicomios, neuropsiquiátricos o instituciones de internación monovalentes, públicos o privados (art. 27, ley 26657/2010), y las internaciones de salud mental deben realizarse en hospitales generales (art. 28, ley 26657/2010). Los artículos 623 y 624 del DNU (Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos) abolían la prohibición de la creación de nuevos manicomios establecida en el artículo 27 de la ley 26657/2010, y establecían que las internaciones de salud mental deben realizarse en “instituciones adecuadas”. Esto fue complementado por la intención de reformar el artículo 11 de la ley 26657/2010, en el art. 619 del DNU (Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos ) , donde a la lista de dispositivos cuyo desarrollo el Estado debe promover, se le suman las comunidades e instituciones terapéuticas, históricamente llamadas “granjas de rehabilitación”, conocidas por los casos de violaciones a los derechos humanos. ❖ Cambio en el criterio de externación: El artículo 23 de la vigente ley 26657/2010 autoriza las externaciones apenas cesa la situación de riesgo cierto e inminente para el paciente o para terceros. Sin embargo, la propuesta del gobierno de Milei, contenida en el art. 622 del DNU (Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos), establece que las externaciones ocurran en cuanto cesan las circunstancias que le dieron motivo a la internación. Esto dificulta la salida y la rehabilitación de los pacientes, además de introducir un criterio vago y ambiguo para la toma de decisiones. ❖ La supresión de los representantes del Estado en el Órgano de Revisión: El Órgano de Revisión de la Ley de Salud Mental, según el art. 69 de la ley 26657/2010, está compuesto de manera multidisciplinaria por un equipo integrado por profesionales del Ministerio de Salud de la Nación, la Secretaría de Derechos Humanos y el Ministerio Público de la Defensa. Sin embargo, el art. 625 del DNU (Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos) promovió el desplazamiento de los organismos públicos, reduciendo la composición del órgano a simplemente profesionales de diversas áreas. Otro de los puntos centrales que merece ser abordado es el intento de cierre del único hospital nacional especializado en salud mental y adicciones en Argentina, el Hospital Laura Bonaparte. En octubre de 2024, bajo el pretexto de una “reestructuración”, tanto los profesionales de la salud como los usuarios del hospital quedaron consternados ante el anuncio del cierre del servicio de guardia y salas de internaciones.
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