Dossier n°10. Aproximaciones al discurso de la extrema derecha

Dossier N° 10 / Programa de Estudios Comunitarios Latinoamericanos, Universidad de Chile. 36 ❖ ​ De los hospitales generales a las instituciones monovalentes: En Argentina se encuentra prohibida la creación de nuevos manicomios, neuropsiquiátricos o instituciones de internación monovalentes, públicos o privados (art. 27, ley 26657/2010), y las internaciones de salud mental deben realizarse en hospitales generales (art. 28, ley 26657/2010). Los artículos 623 y 624 del DNU (Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos) abolían la prohibición de la creación de nuevos manicomios establecida en el artículo 27 de la ley 26657/2010, y establecían que las internaciones de salud mental deben realizarse en “instituciones adecuadas”. Esto fue complementado por la intención de reformar el artículo 11 de la ley 26657/2010, en el art. 619 del DNU (Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos ) , donde a la lista de dispositivos cuyo desarrollo el Estado debe promover, se le suman las comunidades e instituciones terapéuticas, históricamente llamadas “granjas de rehabilitación”, conocidas por los casos de violaciones a los derechos humanos. ❖ ​ Cambio en el criterio de externación: El artículo 23 de la vigente ley 26657/2010 autoriza las externaciones apenas cesa la situación de riesgo cierto e inminente para el paciente o para terceros. Sin embargo, la propuesta del gobierno de Milei, contenida en el art. 622 del DNU (Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos), establece que las externaciones ocurran en cuanto cesan las circunstancias que le dieron motivo a la internación. Esto dificulta la salida y la rehabilitación de los pacientes, además de introducir un criterio vago y ambiguo para la toma de decisiones. ❖ ​ La supresión de los representantes del Estado en el Órgano de Revisión: El Órgano de Revisión de la Ley de Salud Mental, según el art. 69 de la ley 26657/2010, está compuesto de manera multidisciplinaria por un equipo integrado por profesionales del Ministerio de Salud de la Nación, la Secretaría de Derechos Humanos y el Ministerio Público de la Defensa. Sin embargo, el art. 625 del DNU (Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos) promovió el desplazamiento de los organismos públicos, reduciendo la composición del órgano a simplemente profesionales de diversas áreas. Otro de los puntos centrales que merece ser abordado es el intento de cierre del único hospital nacional especializado en salud mental y adicciones en Argentina, el Hospital Laura Bonaparte. En octubre de 2024, bajo el pretexto de una “reestructuración”, tanto los

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