Dossier N° 10 - Aproximaciones al discurso de la extrema derecha

Dossier N° 10 / Programa de Estudios Comunitarios Latinoamericanos, Universidad de Chile. 35 A continuación, se detallarán las principales propuestas del DNU (Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos) 8 : ❖ ​ Modificaciones en las internaciones involuntarias: Según el art. 20 de la ley 26657/2010, las internaciones se conciben como un recurso terapéutico excepcional y sólo pueden realizarse cuando el equipo de salud determine una situación de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros, y cuando no sea posible un abordaje ambulatorio. Adicionalmente, para que se lleve a cabo una internación involuntaria, debe haber un dictamen firmado por dos profesionales del servicio asistencial pertenecientes a diferentes disciplinas determinando la situación de riesgo, la ausencia de una alternativa eficaz y un informe sobre las instancias previas implementadas (si las hubiera). A través del nuevo proyecto de ley, además de los criterios recientemente mencionados, las internaciones involuntarias podrían realizarse en los siguientes casos: cuando la persona presente una falta de conciencia de enfermedad que afecte su capacidad de discernimiento e implique una grave vulneración a su salud integral; cuando cese el riesgo para sí o para terceros, pero no hayan cesado las causas que generaron tal situación; y cuando los tutores o el juez lo soliciten, en caso de tratarse de un menor de edad que padece adicción a sustancias psicoactivas que comprometa su salud (art. 620, DNU Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos). ❖ ​ La figura del juez en las internaciones involuntarias: El vigente artículo 5 (ley 26657/2010), propone que “La existencia de diagnóstico en el campo de la salud mental no autoriza en ningún caso a presumir riesgo de daño o incapacidad, lo que sólo puede deducirse a partir de una evaluación interdisciplinaria de cada situación particular en un momento determinado”. Este último intentó ser sustituido por el art. 618 del del DNU (Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos), que habilitaba a los jueces a adoptar medidas de atención urgentes indicando internaciones involuntarias sin la evaluación y el criterio de un equipo interdisciplinario previo. ❖ ​ De los hospitales generales a las instituciones monovalentes: 8 Los artículos citados a continuación corresponden al texto original del Decreto de Necesidad y Urgencia promulgado el 27 de diciembre de 2023 ( Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos ). Estos artículos no fueron ratificados por el Congreso y, por lo tanto, no poseen vigencia legal.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=