Decolonialidad y comunidades posibles
37 Fuera de los temas legales, la diferencia esencial entre una cooperativa y una comunidad es que eventualmente los miembros de la cooperativa no necesariamente son integrantes de la comunidad. Es decir, los elementos que son exigibles y deseables para ser parte de una cooperativa son ser pescador, por lo tanto, pueden ser personas de la zona, tener papeles de su barco al día, tener carnet de identidad y, luego, pagar las cuotas obligatorias a la cooperativa, pudiendo las personas integrantes ser miembros de distintas comunidades, de distintos sectores de la zona de pesca, tener diferentes niveles educacionales, no necesariamente estar identificados con las necesidades de la comunidad, pero sí con los objetivos de la cooperativa. Una cooperativa es una organización, pero una comunidad también es una organización. No obstante, lo que marca la diferencia y da oportunidades a la cooperativa es que es una estructura promovida por la sociedad mayor, por el Estado, por un ministerio, la cual, por un lado, es reconocida por este, por lo que forma parte legitima de las conversaciones del Estado con la población. Pero, por otro lado, tiene una estructura habilitada y acondicionada para este efecto, es decir, tiene un presidente, un secretario, un tesorero, quienes cumplen un rol en la relación con el Estado. Además, la cooperativa tiene en sus estatutos normas que condicionan su conducta como organización, en función de las materias de pesca que el Estado establece como requisito cumplir tanto para la pesca como para recibir apoyo, beneficios o demandas de parte de la misma cooperativa y por la institucionalidad. Por lo anterior ya tenemos lo que se entiende por colectivo. La comunidad es distinta de un colectivo. Si bien en términos generales también es un colectivo, pero usamos aquí el término en la línea de lo que es colectivizar, conformar un colectivo, como una instancia que adquiere una estructura formal, de acuerdo a las exigencias normativas de la sociedad en un momento determinado. De modo que un colectivo es un agregado de personas que responde a un cúmulo específico de tareas o necesidades que pueden circular por la plataforma establecida por el Estado. El colectivo, así, es una estructura social conformada en relación con la institucionalidad. Sin duda, pudiendo variar su estructura de acuerdo a los momentos de conflicto o momentos favorables que se establezcan con las estructuras sociales mayores.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=