Decolonialidad y comunidades posibles

36 vitales como alimentarse hasta construir sus viviendas o eventualmente hacer frente a una situación climática catastrófica. Esta comunidad tiene fuertes elementos emocionales, que se forjan en vivencias conjuntas entre los miembros de una población, en el despliegue de acciones de vida que llevan a generar conocimientos de cómo enfrentar la realidad, pasando a elaborar estrategias o procedimientos que terminan conformándose en tradiciones. Así, una comunidad de pescadores se forma en las labores de pesca, que involucra salir temprano y vivir la dura jornada, incluso arriesgando la vida, hasta la tradición de qué y cómo pescar, la tradición de cómo se fabrica un bote o cómo se preparan la redes, incluso cuál es la carnada para finalmente traer el producto, que es llevado a su faena y cocimiento, muchas veces desarrollados por mujeres. Hay aquí una comunidad forjada espontáneamente en el transcurso de muchos años. Luego, lo colectivo es otra cosa. Sin duda una comunidad es un hecho colectivo. Hay varias personas involucradas. No obstante, el elemento que define la esencia de lo colectivo es la intención de formar una agrupación. En ese sentido, de acuerdo a lo que se señalaba anteriormente, lo colectivo es conformar una cooperativa de pescadores. Lo que pudiera tener que ver con la labor misma de la pesca, pero aquí aparecen otras necesidades que la definen mejor y que, en parte, hacen referencia a la organización de los pescadores para establecer una relación formal con terceros. Aquellos terceros tienen que ver con el municipio, con alguna dependencia de un ministerio a cargo, con otros pescadores artesanales, con empresas de pesca, con restoranes y negocios que compran el producto para su comercialización, etc. Lo formal aquí adquiere todo su sentido, pues una comunidad es informal, pero una cooperativa es formal, es decir, tiene existencia jurídica. Y esa existencia jurídica es la que les permite a los pescadores relacionarse con otros actores del sector de la pesca en términos legales, por tanto, autorizados, para desarrollar ciertas acciones como asimismo para exigir el cumplimiento de ciertas normas por parte de los otros vinculados. Por ejemplo, la cooperativa legalmente hace respetar el área de pesca de sus asociados correspondiente a una zona determinada o parcela del mar, de modo que empresas de mayor tamaño no tiene autorización de realizar labores de pesca en dicho espacio. O, por otro lado, la misma cooperativa debe informar a sus asociados que el ministerio respectivo prohíbe la pesca en cierto momento de veda, dejándolos libres de pescar otras especies, pero con multas si transgreden la prohibición.

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