Saludo Global. El escenario actual y perspectivas a futuro

265 a plebiscitar, dio un paso adelante. Bajo gran expectativa de la ciudadanía y los feminismos aprobó 39 el siguiente artículo: Artículo 16.- Todas las personas son titulares de derechos sexuales y derechos re- productivos. Estos comprenden, entre otros, el derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo, sobre el ejercicio de la sexualidad, la reproducción, el placer y la anticoncepción. El Estado garantiza el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos sin discriminación, con enfoque de género, inclusión y pertinencia cultural, así como el acceso a la información, educación, salud, y a los servicios y prestaciones requeridos para ello, asegurando a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar las condiciones para un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y pro- tegidos. Asimismo, garantiza su ejercicio libre de violencias y de interferencias por parte de terceros, ya sean individuos o instituciones 40 . 39 Nota del editor: Artículo dentro del texto finalmente rechazado por plebiscito de septiembre de 2022. 40 Convención Constitucional. Chile. Oficio Nº 622 del 15 de marzo de 2022. https://www.chi - leconvencion.cl/wp-content/uploads/2022/03/Oficio-622-que-comunica-las-normas-aproba- das-en-la-sesion-68a-del-Pleno-de-la-Convencion-Constitucional.pdf.

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