Saludo Global. El escenario actual y perspectivas a futuro
243 Tabla 3. Consumo adolescente de marihuana en 48 estados contiguos de EE.UU . entre 1991 y 2014 Prevalencia Ajustada Odds Ratio ajustado p-value Antes de la ley Después de la ley Todos los cursos* 16,25% 15,45% 0,92 (0,82-1,04) 0,185 8° básico 8,14% 6,05% 0,73 (0,63-0,84) < 0,0001 2° medio 17,94% 18,27% 1,02 (0,90-1,17) 0,738 4° medio 22,68% 22,02% 0,96 (0,84-1,10) 0,581 * Equivalente en grados estadounidenses. Fuente: Traducido de: Hasin, D. S., Wall, M., Keyes, K. M., Cerdá, M., Schulenberg, J., O’Malley, P. M., Galea, S., Pacula, R. & Feng, T. (2015). Medical marijuana laws and adolescent marijuana use in the USA from 1991 to 2014: Results from annual, repeated cross-sectional surveys. The Lancet Psychiatry . https://doi.org/10.1016/S2215-0366( 15)00217-5. Como se observa, la prevalencia de uso de marihuana a nivel global, es decir combinando los tres grados, antes de aprobar la ley fue de 16,25%, y esta baja (no significativamente) a 15,45%. Sin embargo, entre los estudiantes del oc- tavo grado se observa una disminución estadísticamente significativa (8,14% a 6,05%). En los otros dos grados no hay cambios importantes. En resumen, cambios legislativos relativos al uso terapéutico de cannabis no se asocian con un incremento en el uso recreativo de la marihuana en la población estudiada. Una tercera situación se relaciona con nuevos marcos regulatorios res- pecto de la producción y comercialización de marihuana para uso recreativo. Una legalización en esa dirección ha ocurrido en solo dos países, Uruguay en el año 2013 y Canadá en el 2018, pero con anterioridad ya varios estados de Estados Unidos habían avanzado con legislaciones locales, y otros las aprueban con posterioridad, por lo que para fines del 2021 17 estados 33 más el Distrito de Columbia han legalizado el uso recreativo de la marihuana (en los casos más recientes, la ley aún no sido implementada); a nivel federal sigue siendo una sustancia ilícita. Los nuevos marcos regulatorios en los territorios descritos, si bien tie- nen una cuestión fundamental en común, la legalización, cada uno de ellos tiene particularidades que los puede hacer muy diferentes. Así por ejemplo, en Uruguay hay una fuerte regulación del Estado que controla el tipo de sustancia que se produce (dos variedades, con contenido máximo de 9% de delta-9-Te- trahidrocannabinol, THC , y un contenido mínimo de 3% de Cannabidiol, CBD ), 33 Alaska,Arizona, California, Colorado, Dakota del Sur, Illinois, Maine, Massachusetts, Michigan, Montana, Nevada, Oregon, Nueva Jersey, NuevaYork, Nuevo México,Vermont y Washington.
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