¿Crisis del sistema internacional? Reflexiones sobre el multilateralismo

Javier Pineda Olcay 80 su labor era de un año; y, iv) un segundo plebiscito nacional para definir si se aprobaba o rechazaba el proyecto de nueva Constitución redactado por la Convención Constitucional. En el primer momento, denominado como «plebiscito de entra- da», triunfó la opción «Apruebo» al cambio constitucional, y como órgano constituyente se definió una Convención Constitucional 3 , cuyos 155 integrantes serían electos democráticamente con el solo fin de redactar un proyecto de nueva Constitución. Esta Convención Constitucional permitió la competencia de listas de independientes en igualdad de condiciones a las listas elec- torales de partidos políticos 4 ; la participación de escaños reserva- dos por cada pueblo indígena reconocido legalmente en Chile 5 , y garantizó la paridad entre hombres y mujeres, transformándose este último elemento en una innovación a nivel mundial (Arce-Riffo & Suárez-Cao, 2021). En el periodo de un año —que se extendió desde el 4 de ju- lio de 2021 hasta el 4 de julio de 2022— sesionó la Convención Constitucional, entregando en su último día el proyecto de nueva Constitución al presidente de la República, Gabriel Boric Font, tal como lo consagraba la Constitución vigente. El último momento del itinerario constitucional contemplaba la celebración de un Plebiscito Nacional, denominado «plebiscito de salida», en el cual triunfó la opción «Rechazo», por lo cual el proyecto de nueva Constitución no 3 El Plebiscito Nacional fue celebrado el 25 de octubre de 2020. Sus resultados pueden ser consultados en el Servicio Electoral. Recuperado en https://www. servel.cl/resultados-provisorios-plebiscito-nacional-2020/. 4 Solo 50 de 155 convencionales constituyentes militaban en un partido político; mientras que 48 convencionales fueron electos en listas de independientes; 40 convencionales no militaban en un partido político, pero fueron electos bajo las listas de un partido político. Cfr. https://www.observatorionuevaconstitucion . cl/2021/05/17/la-verdadera-cara-de-la-convencion-independientes-88- militantes-de-partidos-50/. 5 Su incorporación ocurrió después del Plebiscito de Entrada, a través de la Ley N°21.298 que «reserva escaños o cupos en la Convención Constitucional a los Pueblos Indígenas». Se asignaron diecisiete escaños reservados en total: siete para el pueblo Mapuche, 2 para el pueblo Aymara y uno para cada uno de los demás pueblos reconocidos por el Estado de Chile, como lo son el pueblo Rapa Nui, Colla, Lican Antay o Atacameño, Diaguita, Kawashkar, Yagán o Yamana y Chango.

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