¿Crisis del sistema internacional? Reflexiones sobre el multilateralismo
La afirmación del derecho internacional público en contextos de... 59 Humanos, en 1948, y la estructuración de los sistemas internaciona- les de protección de los derechos humanos. Este texto inaugural dice: Preámbulo Nosotros, los pueblos de las Naciones Unidas, resolvimos preservar a las generaciones venideras del flagelo de la gue- rra, que dos veces, en el espacio de nuestras vidas, han traído sufrimientos indecibles a la humanidad, y reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor del ser humano, la igualdad de derecho entre hombres y mujeres, así como de las naciones grandes y pequeñas, y establecer las condiciones en que la justicia y el respeto de las obligaciones dimanantes de los tratados y otras fuentes del derecho internacional se mantengan, y promover el progreso social y mejores condiciones de vida dentro de una amplia libertad. Y para tales propósitos , practicar la tolerancia y vivir en paz, unos con otros, como buenos vecinos, y unir nuestras fuerzas para mantener la paz y la seguridad internacionales, y garan- tizar, aceptando los principios y la institución de métodos, que la fuerza armada no será utilizada a no ser de interés común, emplear un mecanismo internacional para promover el progreso económico y social de todos los pueblos. Hemos decidido aunar nuestros esfuerzos para lograr estos objetivos. En vista de ello, nuestros respectivos Gobiernos, por conducto de representantes reunidos en la ciudad de San Francisco, después de hacer gala de sus plenos poderes, que se han en- contrado en buena y debida forma, han aceptado esta Carta de las Naciones Unidas y han establecido, a través de ella, una organización internacional que será conocida con el nombre de las Naciones Unidas (Brasil, 1945). Y pronto en los arts. 1º y 2º, de la Carta de las Naciones Unidas, se enumeran propósitos y principios, encaminados a dar consecuencia al enfoque preambular fundado en el establecimiento de paradigmas éticos, e inducir una perspectiva supranacional y el cambio del fundamento del derecho internacional:
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