¿Crisis del sistema internacional? Reflexiones sobre el multilateralismo

La neutralidad de la red en la Alianza del Pacífico: contenidos de... 275 Al igual que los países de la Alianza del Pacífico, anteriormente mencionados, la NR es incorporada como parte de integrante de estas leyes generales, y no se regula aisladamente en leyes especiales. En el caso mexicano, el Artículo 145 de la LFT se refiere a la «neu- tralidad de las redes», mandatando a los ISP que deberán sujetarse a los lineamientos que en ejercicio de sus facultades expida el Instituto Federal de las Telecomunicaciones (IFT), aunque sujetándose siem- pre a los principios de libre elección, no discriminación, privacidad, transparencia e información, gestión de tráfico, calidad, y desarrollo sostenido de la infraestructura. Los «Lineamientos para la gestión de tráfico y administración de red a los que deberán sujetarse los concesionarios y autorizados que presten el servicio de acceso a Internet» (en adelante, «los Li- neamientos IFT»), no fueron expedidos sino hasta el año 2021, y a diferencia de los otros tres países de la Alianza, no se equiparan a los decretos dictados con posterioridad a las leyes, toda vez que no tiene una estructura normativa, sino que expositiva, entrega definiciones de múltiples conceptos e informa el estado del arte internacional, y la visión regulatoria del IFT. Los Lineamientos del IFT, en razón de su estructura expositiva y sus contenidos, parecen ser un instru- mento que se encarga de ofrecer una interpretación administrativa de la ley, considerando sus facultades interpretativas contenidas en los artículos 6, N°XVIII, y 53, N°V, IX y X del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones (2014). Pese a que la LFT regula muchos de los elementos abarcados por las leyes de los demás países de la Alianza, se ha presentado un nuevo Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 145 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, con el objetivo de garantizar efectivamente la Neutralidad en la Red (2020), por estimar que su regulación es laxa y deja abierta la posibilidad de adoptar medidas igualmente contrarias a la NR, dada la apertura de las normas.

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