¿Crisis del sistema internacional? Reflexiones sobre el multilateralismo

Nicolás Albertoni • Manuel Martínez 162 de un marco equilibrado y transparente, se podría considerar, por ejemplo, el capítulo 32 del nuevo acuerdo comercial entre Estados Unidos, México y Canadá (T-MEC o USMCA por sus siglas en inglés) 33 , que establece que si uno de los tres socios desea comenzar un acuerdo comercial con un tercer país externo al bloque, deberá avisar a los socios tres meses antes de iniciar las negociaciones. Es- pecificamente, esta cláusula habla de avisar al resto de los miembros cuando la negociación es con economías de «no mercado». Por eso se la ha definido en diferentes oportunidades como la «cláusula China», a través de la cual Estados Unidos compromete a sus prin- cipales socios —quienes aún no tienen un acuerdo comercial con China— que avisen antes de comenzar a negociar con el país asiáti- co. A pesar de que esta cláusula fue muy criticada en el contexto de las renegaciones del TLCAN, como limitante de la soberanía de los países miembros, es inmensamente más benévola y flexible que la existente en el Mercosur a través de la decisión 32/00, que establece en su artículo 1º y 2º que los miembros tienen el compromiso «de negociar en forma conjunta acuerdos de naturaleza comercial con terceros países… 34 », además de que, por otra parte, los miembros del bloque «no podrán firmar nuevos acuerdos preferenciales o acordar nuevas preferencias comerciales en acuerdos vigentes en el marco de ALADI, que no hayan sido negociados por el Mercosur 35 ». En definitiva, una modernización del Mercosur debería cambiar estos mecanismos bajo una lógica de transparencia, más que de consulta o «veto». Resulta fundamental para todos los miembros del bloque saber si uno o alguno de ellos busca avanzar bilateral- mente, de manera que: o se solicite la posibilidad de ser parte de la negociación, o si no, de diseñar estrategias para que no se generen impactos negativos indirectos. 33 Véase: Agreement between the United States of America, the United Mexican States, and Canada Text , https://bit.ly/2BJXKXN. 34 Véase: Decisiones del consejo del mercado común, Mercosur/CMC/DEC N°32/00 —Relanzamiento del Mercosur—, relacionamiento externo : https:// bit.ly/2GimARZ. 35 Ibid.

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