¿Crisis del sistema internacional? Reflexiones sobre el multilateralismo
El multilateralismo en la propuesta de nueva Constitución de Chile 103 derechos humanos, como límites al ejercicio de la soberanía. Sin embargo, las referencias a la política exterior, más allá de las atri- buciones del Poder Ejecutivo y Legislativo, no existen con mayor detalle en todas las Constituciones Políticas de la República de Chile. El proyecto de nueva Constitución mantiene la conducción de las relaciones internacionales en el presidente de la República (artí- culo 287), no obstante, habilita para que la ley entregue facultades y competencias a las regiones autónomas y comunas autónomas en materia de relaciones internacionales (artículos 199, 220, 223 y 224), transformando a los alcaldes y gobernadores en nuevos actores de las relaciones internacionales. El Poder Legislativo se fortalece con el proyecto de Nueva Constitución, toda vez que exige su acuerdo para que el presidente retire o denuncie un tratado que haya sido aprobado, o el retiro de una reserva que se haya considerado al aprobar un tratado. Esta atribución estaba radicada exclusivamente en el presidente de la República, y generó posiciones contrapuestas entre la voluntad del presidente de ese entonces, Sebastián Piñera Echeñique, y el Con- greso Nacional, respecto a la denuncia del Tratado Constitutivo de UNASUR, el cual fue denunciado por Sebastián Piñera en abril de 2019, lo cual fue informado al Congreso a través del Oficio N°564 del Gabinete de la Presidencia (BCN, 2019), causando una decla- ración de rechazo por parte del Congreso Nacional. Un problema similar, pero que no alcanzó a materializarse, fueron las noticias por la posible denuncia de la Convención 169 de la Organización Inter- nacional del Trabajo, el cual podría haber sido denunciado en el año 2021 por el expresidente Sebastián Piñera (Marín & Rivas, 2018). En este sentido, la nueva competencia del Congreso contribuye a fortalecer el sistema multilateral, evitando decisiones políticas en el que un solo poder del Estado interviene. En esta misma línea, el proyecto de nueva Constitución democratiza las decisiones para solicitar la suscripción de tratados internacionales de derechos hu- manos, permitiendo que quienes habiten el territorio y las chilenas y chilenos que se encuentren en el exterior —y que hayan cumplido
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