Modelo Educativo de la Universidad de Chile 2021
79 Anexos Magíster y Doctor/a Se requerirá estar en posesión de la licenciatura en un área del conocimiento o de una disciplina determinada como condición habilitante para la con- tinuación de estudios académicos superiores conducentes a los grados de magíster y doctor/a. Certificación complementaria Cada Facultad podrá entregar a sus estudiantes una certificación interme- dia, si el plan de formación así lo establece expresamente en el reglamento específico, cuando se logren las competencias establecidas para estos fines. El plan de formación del estudiantado podrá incluir una certificación com- plementaria si se logra una aprobación de un mínimo de 30 créditos, desa- rrollando así ciertas competencias específicas en una temática diferente a la de la carrera principal. Podrán considerarse como créditos válidos para estos fines actividades formativas generales, básicas y complementarias, que cons- tituyan requisito para el logro de la certificación complementaria y que la o el estudiante haya seleccionado como actividades electivas y/o de libre elección. Cada Facultad deberá informar anualmente a la Vicerrectoría de Asuntos Académicos la oferta de actividades conducentes a una certificación comple- mentaria, estableciendo su nombre, las actividades curriculares que incluye, el número de créditos y los cupos disponibles. La certificación complementaria será entregada por la Facultad o por la unidad académica donde la o el estudiante curse la mayor parte de los créditos que conforman esta certificación.
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