Memorar al Porvenir. Foro de las Artes 2023
154 El uso de teléfonos celulares dentro de las cárceles es una realidad muy común en Chile y Latinoamérica, a pesar de que estos dispositivos estaban prohibidos cuando comenzamos la realización de la película. En Chile, esta prohibición fue durante mucho tiempo un protocolo interno de Gendarmería y sancionaba el uso de “cualquier dispositivo que registrara la cárcel” por lo que no se cometía delito al usarlos. Sin embargo, desde el año pasado se aprobó una ley que aumenta el tiempo de condena de quien use un celular dentro de la cárcel. Entonces surgió una pregunta que convivió con nosotras durante todo este tiempo. Cuando una persona se encuentra privada de libertad: ¿pueden prohibirle también la posibilidad de representar su realidad? ¿Puede ser ilegal la autorrepresentación de la vida cotidiana? Pareciera ser que estas imágenes fueran meros registros de la cárcel, y que contienen una forma “poco elaborada” de su contexto. Sin embargo, enfrentarse a esta prohibición del registro esconde una rebeldía que es importante no descuidar. Existe un poder político, una potencia de resistencia cuando representamos, y es que al tomar la decisión sobre un encuadre, ajustar la exposición, elegir qué incluir y qué excluir de la imagen, se está ejerciendo un juicio propio, una determinación, una autoría. En este sentido, las fotografías y videos registrados dentro de la cárcel no sólo reflejan una realidad, sino que también la interpretan y reconstruyen. Si lo pensamos de esta manera, la película encapsula una memoria colectiva donde cada una de las personas que registró está apropiándose de su realidad. Aquí, representar la realidad se transforma en un acto probiótico, es un acto provida en el buen CAPÍTULO 2 - Memorias proyectivas, identidad y autorepresentación
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