Atención en salud de niños, niñas y adolescentes de los diversos grupos humanos ¿Realmente somos diferentes?

74 Atención en Salud de Niños, Niñas y Adolescentes de los Diversos Grupos Humanos ¿Realmente somos diferentes? Exámenes complementarios Como se ha mencionado, la mayoría de los niños inmigrantes gozan de buena salud y presentan las mismas enfermedades que los niños autóctonos por lo que no es aconsejable solicitar exámenes de rutina sin una justificación clara. Sin embargo, al- gunos grupos de inmigrantes, entre los que se cuentan los afrodescendientes, tienen una mayor frecuencia de enfermedades hematológicas de base genética como, por ejemplo, la anemia de células falciformes o drepanocitosis que requiere un diagnós- tico precoz y un tratamiento oportuno con la finalidad de evitar mayor morbimortalidad. Solo se recomienda que en inmigrantes menores de 1 año de edad procedentes de países sin screening neonatal para hipotiroidismo se realice el examen en el país de acogida y para los inmigrantes procedentes de África subsahariana se recomienda realizar estudio serológico para detección de VIH y hepatitis B debido a la alta preva- lencia de las infecciones en esa región. En conclusión, se recomienda que no se tomen exámenes de laboratorio en forma rutinaria, sino más bien, se deberá individualizar cada caso, basándose en la anamne- sis, antecedentes y examen físico. El Servicio de Salud Metropolitano Central ha publicado recientemente una Guía para los equipos de salud en la orientación y apoyo a la población migrante con el fin de otorgar atención de salud a niños, niñas y adolescentes menores de 18 años, inde- pendiente de su condición migratoria y la de sus padres, tutores o representantes legales, se deberá inscribir a los niños y niñas menores de 18 años que se encuen- tren en situación migratoria irregular, en los establecimientos de atención primaria correspondientes a su domicilio. Con esta inscripción, o con el certificado del médico tratante, el padre o tutor del menor podrá solicitar ante la autoridad migratoria co- rrespondiente a su domicilio (oficina de extranjería o gobernación), un permiso de residencia temporaria. En el caso de que el niño se encuentre matriculado en un esta- blecimiento educacional reconocido por el Estado, el padre o tutor podrá solicitar un permiso de residencia temporal de estudiante.

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