La evaluación universitaria: antecedentes, desarrollo y proyecciones [tomo 02]

213 Capítulo 5. Calificación Académica Como se aprecia en la tabla, el avance dentro de la Carrera Académica viene dado por el aumento de las actividades académicas asumidas y por el incremento en los niveles de creatividad, autonomía y reconocimiento en cada una de las actividades. Sin embargo, destaca dentro de este esquema que no se explicita información sobre las actividades académicas “Prestación de Servicios y Asistencia Profesional” y “Otras actividades del Ámbito Académico” para ninguna de las jerarquías. En los otros casos donde no se explicita información, como en el caso de Extensión para Ayudantes e Instructores, o para Administración Académica en el caso de Ayudantes, Instructores y Asistentes, la falta de información se debe probablemente a que dichas tareas no son exigibles en estas categorías de la Carrera Académica. Como se mencionó anteriormente, los criterios de creatividad, autonomía y reconocimiento no son definidos explícitamente en el RGCrA sino que van siendo desarrollados a medida que se indican las exigencias para cada jerarquía de la Carrera Académica que se esté definiendo. Sin embargo, estas definiciones tienden a entrelazarse a medida que se avanza en su desarrollo a la largo de la Carrera Académica. Por ejemplo, para definir las exigencias de los Instructores se describe con bastante nitidez que las actividades académicas deben desempeñarse bajo la tuición de Profesores, haciendo referencia al nivel de autonomía (Art. 8°). En cambio, para definir las exigencias de los Titulares se señala que la creatividad y la autonomía deben apuntar al liderazgo en las unidades académicas, hacer aportes institucionales relevantes y tener reconocimiento como autoridad en su campo a nivel nacional e internacional, siendo influyente en la formación de académicos, y se considera que la opinión de estos es requerida en el área de especialización. En este caso, las definiciones tienden a ser más complejas, siendo algunos criterios condiciones o causas de otros. A modo de asegurar la pertinencia de la calificación académica, los criterios contenidos en los reglamentos de Calificación y Carrera Académica pueden ser definidos, si fuese necesario, a propuesta del Consejo de Evaluación, organismo ejerce la superintendencia de la función evaluadora dentro de la Universidad. Entre sus atribuciones se cuentan la proposición de modificaciones a los procesos de Calificación y Evaluación y encomendar, si fuese necesario, la definición de criterios que se emplean en dichos procesos y en todos aquellos que sean creados en el marco de la función evaluadora dentro de la universidad (Universidad de Chile, 2010). En este sentido, se destaca que exista una entidad externa al funcionamiento de ambas comisiones que pueda, mediante una observación evaluativa, contribuir a la adecuación de los criterios y exigencias al dinámico y heterogéneo contexto académico. Como síntesis de esta sección es posible señalar que el RGCrA contiene los lineamientos necesarios para poder definir los criterios de calificación académica. Aun cuando éstos han sido generados por un reglamento orientado a la evaluación y no a la calificación, es posible reconocer y utilizar los criterios de creatividad, autonomía y reconocimiento. Por lo tanto, existe una vinculación adecuada entre el RGCrA y el proceso de calificación académica. Sin embargo, esta vinculación podría ser aún más nítida si los criterios se explicitan en dicho reglamento.

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