La evaluación universitaria: antecedentes, desarrollo y proyecciones [tomo 02]

155 Capítulo 4. Carrera Académica 3. Criterios Extra reglamentarios 3.1 Jornada Durante el año 2009, la Rectoría de la Universidad estableció mediante el “Instructivo sobre criterios transversales en concursos para ingresar a la Carrera Académica Ordinaria, para Jornadas de 22 a 44 horas” una regulación en el desarrollo de las Carreras y Categorías Académicas, con el objetivo de fortalecer su cuerpo académico, mejorar el desempeño y favorecer la contratación de académicos de alto nivel. En dicho documento se establece que en la Carrera Ordinaria “situaciones contractuales menores a 44 horas deberán verse, en el futuro, como excepcionales” y que la Categoría Adjunta debe tener un “compromiso semanal menor a 22 horas”. Además, el Consejo de Evaluación estableció en sus Propuestas de modificaciones al Reglamento General de Carrera Académica (2013), que la jornada apropiada el desempeño de la Carrera Ordinaria es de 22 a 44 horas, mientras que para la Categoría Adjunta una jornada máxima de 21 horas 82 . 3.2 Grado En relación con el grado, el Reglamento de Carrera (Universidad de Chile, 2001) solo establece como requisito estar en posesión de un título o un grado académico tanto para la Carrera Ordinaria (artículo 7°, inciso 1°), como para la Carrera Docente (artículo 10°, inciso 5°), sin especificar cuál. En la Carrera Ordinaria se especifica, sin embargo, que, para acceder a alguna de las tres jerarquías de Profesor, los candidatos deberán estar plenamente formados (Artículo 8°, inciso 3°). En el caso de la Categoría Adjunta, no se establecen condiciones de ningún tipo respecto de la formación. Pese a ello, existen diversas propuestas que apuntan a un mayor grado de especificidad. Por un lado, nuevamente se encuentra el instructivo 26/2009 de Rectoría, que establece que, para ingresar a la Carrera Ordinaria con rango de Profesor, se debe tener el grado de Doctor 83 . 3.3 Tipo de contratación Respecto del tipo de contratación, no existe ninguna indicación en la normativa institucional. Pese a ello, se realizará un breve análisis desde esta perspectiva en la sección correspondiente. En el caso de la Carrera Ordinaria, según el Título II, Artículo 8° del Reglamento de Carrera Académica (Universidad de Chile, 2001) posee 5 rangos o jerarquías: Ayudante, Instructor, Profesor Asistente, Profesor Asociado y Profesor Titular, donde los dos primeros “corresponden a etapas de formación y perfeccionamiento, y de verificación de aptitudes para la tarea universitaria”, mientras que “los rangos de Profesor corresponden a académicos plenamente formados para la tarea universitaria, con capacidad para realizarla de modo creativo e idóneo, con diversos grados de autonomía según el nivel.” La Carrera Docente, según el Título III, Artículo 10° posee los rangos de Profesor Asistente de Docencia, Profesor Asociado de Docencia y Profesor Titular de Docencia. La Categoría Adjunta, según el Título IV, Artículo 13°, posee los rangos de Instructor Adjunto y Profesor Adjunto y, como se ha señalado, no permite el ascenso de uno a otro. En el caso de las Carreras, la promoción de una jerarquía a otra está regulada por el proceso de Evaluación Académica y para revisar el desempeño de cada académico y su continuidad en la institución existe el proceso de Calificación Académica. 82. Además, en el año 2010, el Consejo de Evaluación (2011) estableció en el Estudio Técnico N°10 que la jornada apropiada para la Carrera Docente es de 1 a 33 horas; sin embargo, en las posteriores propues- tas de modificación del Reglamento de Carrera Académica, se consideró como apropiada para esta categoría la jornada de 22 a 44 horas. 83. En el área de la salud, se considera también la subespecialización (e incluso la especialización, en caso de no existir subespecialización); también se prevén otras situaciones posibles, pero siempre con carácter excepcional.

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