La evaluación universitaria: antecedentes, desarrollo y proyecciones [tomo 02]

154 La evaluación universitaria: Antecedentes, Desarrollo y Proyecciones. 15 años de estudios técnicos del Consejo de Evaluación 2. Criterios Reglamentarios 2.1 Categorías En toda institución de educación superior, en especial en universidades complejas, se construye una jerarquización que permita, por un lado, establecer a los académicos las condiciones para asumir de la mejor forma posible las labores de Docencia, Investigación y Creación Artística, Extensión y Gestión Institucional, a la vez que le permita desarrollar sus capacidades en las tareas mencionadas y obtener mayor reconocimiento por ello. De este modo, se establece que la Carrera Académica es, tal como se señala en el Estudio Técnico N°12, “un conjunto estructurado de categorías y jerarquías que establecen las funciones y el compromiso institucional de los académicos hacia la Universidad, así como los mecanismos de ingreso, permanencia y promoción que regulan la movilidad entre categorías y jerarquías.” Las categorías son clasificaciones que distinguen a los académicos, en términos de las funciones o ámbitos de acción que han de desempeñar. La organización de las categorías no adquiere una estructura escalada de diferenciación jerárquica, es decir, no se establecen mecanismos regulares de tránsito entre categorías. Ambas poseen un proceso de jerarquización interna distinto, bajo el cual el académico puede escalarmientras dure su contrato con la Universidad, en función de su desempeño individual, mientras que la Categoría está abocada a una función única y específica. En la Universidad de Chile existen dos Carreras Académicas, la Ordinaria y la Docente, y una Categoría, la Adjunta. Los roles que cumplen los académicos de las distintas carreras o categorías están establecidos en el Título I, Artículo 6° del Reglamento de Carrera Académica de la Universidad de Chile, en el que se define que los académicos de la Carrera Ordinaria “deberán realizar docencia superior e investigación o creación artística. Podrán, además, realizar otras de las actividades indicadas en el artículo precedente 81 , o una labor profesional destacada en el ámbito de su quehacer académico.” (Universidad de Chile, 2001) Por su parte, los Académicos de la Carrera Docente “deberán realizar docencia superior, avalada por una labor profesional destacada en el ámbito de su quehacer académico. Podrán, además, realizar otras de las actividades indicadas en el artículo precedente.” (Universidad de Chile, 2001, Art. 7) Finalmente, los Académicos de la Categoría Adjunta “deberán realizar docencia superior, o investigación científica, o creación artística, o extensión. Asimismo, deberán demostrar una labor académica o profesional destacada en el ámbito de su disciplina.” (Universidad de Chile, 2001, Art. 7) Como se observa, la definición de cada categoría aún parece imprecisa, en la medida que cuesta establecer límites claros para cada una, especialmente en lo que respecta a la distinción entre Carrera Docente y Categoría Adjunta, puesto que ambas parecen estar orientadas a la contratación de profesionales en una tarea específica. Además, el término “Carrera” genera confusiones al utilizarse igualmente para el sistema conjunto de Categorías y Jerarquías, a la vez que se utiliza para denominar específicamente a dos de ellas (Carrera Ordinaria y Docente). Se sugiere revisar esta situación y modificarla. Por otra parte, con el fin de tener un mejor conocimiento de la composición global y la evolución de la Carrera Académica, se sugiere incluir en el Reglamento deCarreraAcadémica todas las clasificaciones de profesores, incluida la de Profesor Visitante. 2.2 Jerarquías Constituyen clasificaciones jerárquicamente organizadas que generalmente forman parte de vías de promoción establecidas, como es en el caso de la Carrera Ordinaria y Docente, o bien de jerarquías que no constituyen estadios en el desarrollo de la carrera académica, sino más bien, nombramientos temporales que no contemplan de manera reglamentaria el ascenso a otras posiciones, como ocurre con la Categoría Adjunta. 81. Se refiere a Extensión, Vinculación Externa, Dirección o Administración Académica (Artículo 5°).

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