La evaluación universitaria: antecedentes, desarrollo y proyecciones [tomo 02]

139 Capítulo 4. Carrera Académica 1. Introducción El presente documento presenta un análisis de los resultados de los procesos de Calificación y Evaluación de la última década, y sus principales consecuencias en la conformación del Claustro Académico de la Universidad. El objetivo principal que se persigue es dar cuenta de las transformaciones que han sucedido como consecuencia de estos resultados, que a la larga van configurando la estructura de la Carrera Académica en la Universidad. La segundamotivación para la realización del estudio es el análisis de losmecanismos de aseguramiento de la calidad, como ejercicio pleno de la función supervisora del Consejo de Evaluación, esperando de esta manera contribuir a su perfeccionamiento y mejora permanente. Para cumplir con estos fines se utilizaron tres bases de datos: Anexos de las Cuentas Anuales de la CSEA (2008-2012), la Bases de Procesos de Calificación (2005-2011), Base de SISPER (2005-2012). El trabajo se inscribe en el proceso desarrollado por el Consejo de Evaluación, en colaboración con la Comisión Superior de Calificación Académica, desde el año 2010, por encargo del Rector y la Prorrectora tras la presentación del análisis de Pertinencia y coherencia del Proceso de Calificación Académica [Estudio Técnico N°6], ante el Consejo Universitario, y que conllevó la generación de una Propuesta de modificaciones al Sistema de Carrera Académica de la Universidad de Chile [Estudio Técnico N°16], de Abril de 2013, que incluye sugerencias específicas para el Proceso de Calificación. 2. Proceso de Evaluación Académica 2.1 Categorías Académicas De acuerdo con el Reglamento General de Carrera Académica 70 de la Universidad de Chile, vigente hasta el día de hoy, en esta institución existen tres Categorías Académicas: la Ordinaria, la Docente y la Adjunta. Esta distinción fue definida precisamente en este Reglamento, pues anteriormente 71 se contemplaba una sola Carrera Académica, que correspondía a la actual Carrera Ordinaria. Según el artículo 6°, “Los académicos de la Categoría Académica Ordinaria deberán realizar docencia superior e investigación o creación artística. Podrán, además, realizar otras de las actividades indicadas en el artículo precedente, o una labor profesional destacada en el ámbito de su quehacer académico.” El mismo artículo, define a los académicos de la Categoría Académica Docente como aquellos que “deberán realizar docencia superior, avalada por una labor profesional destacada en el ámbito de su quehacer académico”, quienes también podrán realizar otras actividades académicas. Finalmente, la normativa establece que “Los académicos de la Categoría Académica Adjunta deberán realizar docencia superior, o investigación científica, o creación artística, o extensión. Asimismo, deberán demostrar una labor académica o profesional destacada en el ámbito de su disciplina.” 70. Decreto Nº2860, de 8 de Mayo de 2001 71. Decreto N°1329, de 30 de Abril de 1994.

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