La evaluación universitaria: antecedentes, desarrollo y proyecciones [tomo 02]

107 Capítulo 4. Carrera Académica Tabla 7. Procesos de control del desempeño académico 4.2.3. Promoción Operacionalmente, se incluyen las siguientes dimensiones: 1. Existencia de período probatorio. Distingue la existencia de períodos de prueba asociados a la promoción jerárquica. Estos períodosdepruebaconsistenenunperíodoprevioalnombramiento definitivo del académico y se establecen luego de que la promoción del académico haya sido aprobada. Generalmente a estos procesos se les denomina renombramientos. 2. Cobertura de jerarquías. Considera la obligatoriedad de la participación en los procesos de promoción de los académicos en las distintas jerarquías. 3. Agentes evaluadores. Considera a los agentes que participan revisando los antecedentes y emitiendo un juicio sobre la aprobación o reprobación de la promoción del académico. Al igual que en los procesos de ingreso estos pueden ser: Comisión interna (a nivel de unidad), Comisión externa (a nivel de universidad), Jueces externos, Autoridades, Comisiones externas a la universidad (a nivel nacional). 4. Participación Disciplinar. Considera la participación de agentes de esta u otras disciplinas en el proceso de promoción. En relación con la participación de disciplinas externas y agentes evaluadoresqueparticipande losprocesosdepromoción los resultados serán similares a los obtenidos en cuanto al ingreso de los académicos (Tabla 8). En cuanto al establecimiento de períodos de prueba previos al nombramientodefinitivodel académicoo renombramientos, este tipode mecanismos se presentan en las universidades: UC Berkeley, Harvard, Science Po y Yale. En estos casos los académicos son nombrados definitivamente en su jerarquía luego de un período probatorio en que se examinan sus antecedentes y desempeño en la institución mediante diversos mecanismos, generalmente asociados a la tutela de algún académico de alta jerarquía y una serie de entrevistas y procedimientos de tipo cualitativo. El proceso de promoción es obligatorio solo para los casos de: todas las universidades norteamericanas (UCLA, Harvard, Yale, McGill), la Universidad de Chile, la Universidad Católica y la Universidad Diego Portales (Ver Tabla 6). En el resto de los casos analizados se trata de procesos voluntarios en los que el académico interesado presenta sus antecedentes durante los períodos de apertura de los procesos. Para no confundir el análisis, se debe considerar que la obligatoriedad de los procesos de promoción no necesariamente se asocia con la existencia de límites de permanencia máximos (Tabla 4), pues los límites de permanencia pueden establecerse para jerarquías en las que no existe promoción. Por ejemplo, en la Universidad de Buenos Aires, se establecen límites de permanencia para algunas jerarquías, no obstante, no existe obligatoriedad en la promoción. Vale decir, estos límites de permanencia no se asocian a las jerarquías que admiten promoción. LSE University of Oxford Science Po U. de Barcelona Universidad McGill Harvard University Yale University UC Berkeley UBA U. de Campiñas U. de Sao Paulo U. de Río de Janeiro UNAM Universidad de Chile PUC PUCV UDP Universidad Inglaterra Francia España Canadá Estados Unidos Argentina Brasil México Chile País Universidad Universidad - Universidad/Nacional Unidad - - - Universidad - Universidad Universidad Nacional Universidad/Unidad - Unidad Agentes Evaluadores Unidad No Sí - No Sí - - - No - No No Sí No - No Incentivos asociados a los resultados Sí 5 años - - 3 – 5 años - - - - 2 – 3 años - 2 años Anual Postulación anual 2 – 4 años - 1 - 2 años Periodicidad de la Evaluación 2 años No No - No - - - - Sí - Sí No No Sí - Sí Obligatoriedad de la Evaluación Sí Parcial Parcial - Parcial Parcial - - - Parcial - Parcial Parcial Parcial Total - Total Cobertura de Jerarquías Total No No - No No - - - No - No Sí No Sí - Sí Desvinculación asociada a resultados Sí

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