Casta y sumisión. Chile a 50 años de la Reforma Agraria

36 – Casta y Sumisión zaciones vinculadas a la Iglesia y el pdc. Fueron estas mismas colectividades po- líticas las que, en el periodo más difícil para la constitución de sindicatos, como ocurrió después de 1946, y sobre todo con la promulgación de la Ley de Defensa Permanente de la Democracia, en 1948, establecieron contacto con localidades rurales con el fin de organizar, de manera clandestina, a los trabajadores agrícolas (Affonso et al , 1970; Loveman, 1976; Bruna, 1985). Las reformas políticas imple- mentadas a partir de 1958 –que establecieron la “cédula única” y abolieron la lla- mada “ley maldita”– resultaron gravitantes para que el pdc y los partidos de iz- quierda se volcaran hacia las localidades rurales en busca del voto de la población asentada en esos territorios, así como también para fomentar la organización de sindicatos y federaciones campesinas. Las labores ejercidas por la Iglesia y por di- rigentes falangistas aseguraron la hegemonía del pdc en el naciente movimiento campesino, no obstante la importante presencia que tenían las organizaciones vinculadas al pc, y en menor medida al ps, en ciertos territorios. Con el inicio del gobierno de Frei Montalva, hacia fines de 1964, el mo- vimiento campesino experimentó un crecimiento exponencial. Tal situación se explica por la labor ejercida por profesionales y técnicos vinculados al pdc, que se desempeñaban en el Indap (Affonso et al , 1970). El gobierno de la época le otorgó especial prioridad al fomento de la sindicalización campesina en el marco de su política de “promoción popular”, porque consideraba primordial asegurar una base de apoyo para la ejecución de medidas que, se suponía, generarían reac- ciones contrarias por parte de los terratenientes. El hecho de tener el control de los organismos del Estado orientados a la organización del sector reformado, como era el caso de la cora, se tradujo en un rápido crecimiento de las organizaciones vinculadas al pdc. Ahora bien, en tér- minos generales, el número de sindicatos campesinos aumentó, sobre todo por las nuevas condiciones definidas por la Ley 16.625 de Sindicalización Campesi- na, que fue aprobada por el Congreso Nacional en abril de 1967, dos meses antes de la aprobación de la Ley 16.640 de Reforma Agraria. En cuatro años se pasó de 1647 trabajadores sindicalizados, registrados en 1964, a 83.255 en 1968, 104.246 en 1969 y 296.910 en 1971 (Bruna, 1985; Huerta, 1989; Avendaño, 2017a). Esos trabajadores se distribuyeron entre las confederaciones Triunfo Campesino, Li- bertad y Sargento Candelaria, controladas por el pdc, y la Confederación Ran- quil vinculada al pc y al ps. La Ley 16.625 significó un importante avance y logro para el movimiento campesino, en comparación con la llamada “ley de trabas”, aprobada bajo el gobierno de González Videla: no hizo distinción entre trabajadores agrícolas, reconoció el fuero sindical, estuvo dirigida a hombres y mujeres y permitió la

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