Las organizaciones de la sociedad civil y la descentralización en Chile

77 Es un fondo destinado a financiar la realización de proyectos específicos de desarrollo comunitario, presentados por las Jun - tas de Vecinos de la comuna 210 . Es administrado por la respec- tiva municipalidad y se compone por aportes municipales, de los propios vecinos o beneficiarios. El concejo comunal es el encargado de establecer, por la vía reglamentaria, las modalidades de postulación y operación de este Fondo de Desarrollo Vecinal. La presentación de un proyecto en la municipalidad se realiza a través de la Junta de vecinos. Este fondo al cual pueden acceder las juntas de veci- nos de la comuna está destinado a financiar iniciativas de las siguientes características 211 : a. Mejoramiento Comunitario: Proyectos destinados a la adquisición de bienes muebles duraderos que permiti- rán mejorar el bienestar material de la Junta de Vecinos y 210 Decreto 58 (D.O. 20.03.1997). Fija Texto Refundido, Coordi- nado y Sistematizado de la Ley Nº 19.418, Sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias. Última modificación Ley N° 21.487 (D.O 02.09.2022). 211 Ministerio Secretaría General de Gobierno. Portal del Fondos del Estado. Fondo de Desarrollo Vecinal (FONDEVE). Obtenido en:: https:// fondos.gob.cl/. de sus beneficiarios, y que puedan ser utilizados prolonga - damente en el tiempo. Incluyendo en estos, Proyectos de mantenimiento o mejora de infraestructura social; Pro- yectos de adquisición de bienes muebles; y Proyectos de seguridad vecinal. b. Implementación Comunitaria: Proyectos destina- dos a la adquisición de bienes muebles no duraderos, los cuales se consumen producto del uso que conllevan y que permitan aportar al desarrollo de programas y activida- des de la organización beneficiada, generando cohesión social de sus socios. Entre estos Proyectos de mejoramien- to vecinal y social. El FONDEVE, en la mayoría de las municipalidades está esta- blecido como instrumento participativo, y regulado en térmi- nos específicos en un Reglamento Municipal. Estos reglamen - tos definen, entre otras regulaciones, el propósito, composición del fondo, requisitos y formatos de postulación, mecanismos de supervisión y rendición de proyectos, entre otros 212 . 212 Ilustre Municipalidad de Tucapel (2022). Reglamen- to FONDEVE 2022. Dirección Desarrollo Comunitario. Box 7: Fondo de Desarrollo Vecinal para los territorios. Deberes para lo cual el trabajo por fortalecer la gobernanza local no debe estar exento 213 . 213 Baer, H. v. (Ed.). (2017). Descentralización 2.0: construyendo la gobernanza regional que Chile necesita : un desafío país. (pp. 35; 279 y 363). Ediciones Universidad de la Frontera. Los procesos descentralizadores indudablemente deben derivar al for- talecimiento de los gobiernos regionales, proceso el cual debe estar acompañado de la delimitación de leyes o reglamentos de financia - miento regional que den sustento y continuidad al financiamiento de programas de carácter permanente. En ese quehacer, la comunidad y las OSC serán entes fundamentales a la hora de definir prioridades y velar por el cumplimiento de las funciones y compromisos adquiridos

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