Las organizaciones de la sociedad civil y la descentralización en Chile

67 y a otras cabeceras de provincias en los márgenes de las ciudades, en condiciones de vida extremadamente precarias. La promulgación de esta primera Ley de Juntas de Vecinos constituyó un fuerte impulso a la organización poblacional, principalmente para los nuevos asentamien- tos humanos, cuya demanda principal e inmediata era de terrenos para construir viviendas o, más directamente, un techo para vivir 177 . Este nuevo espacio de participación democrática, con el reconoci- miento legal de estas organizaciones, en un escenario social y políti- co de gran efervescencia, facilitaron y promovieron la organización poblacional, y se extendieron a todos los barrios y comunas del país, sin distinción de condición económica y social, siendo las juntas de vecinos su figura emblemática 178 . Si bien este hito legislativo tuvo un impacto innegable en la promoción y formalización de las organizaciones de la sociedad civil a nivel local, cabe señalar que ya existían en nuestro país organizaciones comuni- tarias de hecho, desde fines del siglo XIX y las primeras décadas del siglo XX fue surgiendo en el país un creciente tejido de organizaciones sociales, anteriores a las actuales juntas de vecinos 179 . La organización social en chile entre las décadas del 30 y del 60 del si- glo pasado es un fenómeno predominantemente urbano, activado por la acelerada migración campo- ciudad, dejando en evidencia el déficit 177 Ministerio Secretaría General de Gobierno. (2017). Informe Consulta Parti- cipativa sobre Ley N°19.418 de Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias. División de Organizaciones Sociales. 178 Ibid., 11 y 12. 179 Delamaza, G., y Corvera, M. T. (Eds.). (2018). Juntas de vecinos en Chile: 50 años: historia y desafíos de participación. Ediciones Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. 1. Historia de las Organizaciones Vecinales hasta 1990 La Promoción Popular, impulsada por el gobierno del presidente Eduardo Frei Montalva, situó su principal foco en el fomento de las organizaciones vecinales, sobre todo de los sectores más marginados de la sociedad, y se orientó a promover la participación ciudadana en diversas áreas como la organización vecinal, la capacitación cultural, deportiva y social, los Centros de Madres, la capacitación de dirigentes populares, y la organización sindical 175 . Este objetivo gubernamental se materializa mediante la Ley Nº 16.880 176 , conocida como Ley de Organizaciones Comunitarias. Este marco legal distingue dos tipos de organizaciones comunitarias: las de carácter te- rritorial y las de carácter funcional. Se reconoce a las Juntas de Veci- nos como una expresión de solidaridad y organización del pueblo en el ámbito territorial para la defensa permanente de los asociados y como colaboradoras de la autoridad del Estado y de las Municipalidades. Asi- mismo, con el nombre de organizaciones funcionales, la ley reconoce también a otras organizaciones comunitarias, tales como Centros de Ma- dres, Centros de Padres y Apoderados, Centros Culturales y Artísticos, Organizaciones Juveniles, Organizaciones Deportivas, Grupos Corales, Cooperativas y otras que tengan caracteres similares, que representen y promuevan valores específicos de la comunidad vecinal. Surge en un contexto de un movimiento poblacional creciente, gene- rado por la migración desde los sectores rurales hacia la capital del país 175 Biblioteca Nacional de Chile. (2023). Sindicatos Campesinos (1967-1973) | Ley de Promoción Popular. Memoria Chilena. https://www.memoriachilena.gob.cl/602/ w3-article-97798.html 176 Ley N° 16.880 (D.O. 07.08.1968). Organizaciones Comunitarias. Ministerio del Interior. Juntas de vecinos en Chile, historia, regulaciones, limitaciones y propuestas

RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=