Agresiones sexuales: reflexiones acerca de las intervenciones psicológicas [Volumen VII]

341 Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de Delitos Sexuales: Reflexiones en Torno al Modelo de Intervenciones del Ministerio Público Naylin Calderón Hernández y Fernanda Moller Puga no está supeditado a los intereses de las víctimas, sino del Estado, y que excede tal función, la cual corresponde al abogado querellante (Fiscalía Nacional, 2000). El documento describe la nueva normativa vigente a seguir en relación con la atención de las víctimas, en tanto deber de las fiscalías, centrándose en su protección, ejercida particularmente por las URAVIT. El Instructivo General describe la derivación de víctimas y testigos a las URAVIT, como una función del o de la fiscal, con base en su nivel de vulnerabilidad, especificando los criterios a seguir para cumplir con tal requerimiento. Por otro lado, el documento describe de manera específica los procedimientos a seguir por parte de los fiscales, en lo referente a las acciones en lo penal y su información oportuna a las víctimas. Con respecto a la atención directa a víctimas y testigos, a modo general, el instructivo aclara que será función de cada URAVIT evaluar sus necesidades de asistencia y de protección, y determinar la estrategia de acompañamiento e intervención adecuada, de mane- ra específica, durante todo el procedimiento penal. De esta manera, el instructivo intenta proponer una atención integral y especializada, acorde a cada caso—tomando en cuenta que cada victimización cuenta con sus propias particularidades—, por lo que en la práctica permitía a cada profesional de las URAVIT intervenir y acompañar a las víctimas durante su paso por el proceso penal según estimase pertinente; y, a su vez, pudiendo relevar ciertos aspectos, incluyendo la participación en el proceso de persecución penal, pudiendo recomendar o apoyar el interés de la víctima de abstenerse de determinadas diligencias, en pos de su protección integral. Modelode Atención aVíctimas yTestigos de FiscalíaNacional El modelo Orientación, Protección y Apoyo (OPA) se presenta con el traspaso del fiscal nacional G. Piedrabuena, al fiscal Nacional S. Chahuán, y como parte del Plan Estratégico de la Fiscalía Nacional 2009–2015 , que detecta como principales problemas del modelo de atención gene- ral anterior, la “baja cobertura, trabajo aislado, derivación discrecional, priorización del daño, respuesta general, separación entre objetivos de atención y protección y los de persecución” (Fiscalía Nacional, 2011, p. 15). De esta manera, el nuevo modelo implica una ampliación de la

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