Agresiones sexuales: reflexiones acerca de las intervenciones psicológicas [Volumen VII]
339 Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de Delitos Sexuales: Reflexiones en Torno al Modelo de Intervenciones del Ministerio Público Naylin Calderón Hernández y Fernanda Moller Puga entonces, la intervención que desde este lugar se propone para víctimas NNA de delitos sexuales, y cómo esta facilita el proceso de restable - cimiento de su bienestar, luego de la victimización de la cual fueron objetos. La revisión narrativa consistió en la lectura de, por un lado, los manuales y protocolos asociados con la atención e intervención del Ministerio Público con respecto a víctimas NNA, y por otro, en la revi - sión de literatura específica asociada con las temáticas que surgen del análisis de estos manuales, principalmente asociados a la atención de víctimas de delitos. Víctimas en el Sistema de Administración de Justicia Actual En Chile, la RPP constituye el mayor cambio estructural a nivel legislativo desde la entrada en vigencia del Código de Procedimiento Penal en 1907. Para llevar a cabo tal reforma, fue necesaria la creación e implementación de instituciones y cuerpos normativos, que dieran sustento a esta nueva forma de administración penal (Duce et al., 2014). Una de las principales nuevas instituciones que nacieron a partir de la RPP fue el Ministerio Público (MP), o Fiscalía, que se erige como parte de los poderes del Estado, pero de manera autónoma, y que tiene como objetivos principales la investigación de los delitos, y el ejercicio de la acción penal. Una de las funciones que se determinaron para el funcio - namiento del MP es la protección a víctimas y testigos de los delitos, a través de la implementación de medidas de protección para ambos. De esta manera, queda evidenciado que uno de los principios fundamen- tales de la RPP se relaciona con la preponderancia de la víctima; es así como, invisibilizada por la estructura previa, pasa a ser un interviniente de relevancia en el proceso penal. Tal situación constituye un avance en términos victimológicos, pero a la vez evidenció la necesidad de implementar una serie de medidas institucionales con el objetivo de asegurar su protección. En este senti- do, la víctima cuenta con derechos que deben ser garantizados por el MP, dentro de los cuales se encuentran: 1) A ser recibida y atendida por los jueces, los fiscales del MP, Carabineros y la Policía de Investigaciones (PDI); 2) A recibir un trato digno, de acuerdo a su condición de tal; 3) A denunciar el delito a Carabineros, PDI, en las Fiscalías del MP o en
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