Agresiones sexuales: reflexiones acerca de las intervenciones psicológicas [Volumen VII]

276 Agresiones Sexuales. Volumen VII . Elías Escaff Silva, María Isabel Salinas Chaud, Paula Flores Zúñiga y Carolina de la Fons Díaz de exponer al/a la niño/a a una revictimización, siendo incluso posible que en este escenario el/la niño/a no realice una segunda develación, tomando como marco de referencia el resultado an- terior, la inexistente protección y la exposición directa al agresor. En dicha situación, sería el mismo Estado quien se encontraría victimizando secundariamente al/a la niño/a, al hacerle pasar, en un principio, por las diversas pericias y declaraciones, para pos- teriormente no continuar con la causa (lo que le entrega al/a la niño/a un mensaje de no credibilidad o de que no hubo esfuerzo por protegerlo). Posteriormente, se le ordena que sea revincu- lado con quien este podría calificar como su agresor, pudiendo aumentar su sensación de indefensión y desconfianza, fallando así el Estado como ente protector. En segundo lugar, se hace necesario referir que sería inne- gable la probabilidad de que determinados centros psicotera- péuticos realicen prácticas en las que se tomen los resguardos pertinentes al momento de revincular. Sin embargo, dadas las características de la presente revisión, no resulta posible determi- nar si tales prácticas se constituirían como mayoría o como una excepción a la regla. A lo anterior, se suma el hecho de que, más allá de la discusión de si debiera revincularse o no, la práctica ha- bría tendido a la privatización de la misma, existiendo a la fecha una amplia oferta de centros privados que dicen realizar terapia de revinculación, frente a la creciente demanda originada desde Tribunales de Familia. Las dificultades aquí radicarían en el nivel de control o supervisión que se realiza de forma individual por parte del Estado a cada centro, en tanto su carácter privado les otorgaría la libertad de elegir aquello que entienden por revin- culación y qué es lo que se realizaría cuando se revincula. Esto se prestaría tanto para propiciar y ejecutar prácticas protectoras, res- ponsables y bien tratantes, como también de otras victimizantes y que posibiliten reiteradas o nuevas formas de maltrato.

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