Agresiones sexuales: reflexiones acerca de las intervenciones psicológicas [Volumen VII]
275 La Terapia de Revinculación: Diferentes Perspectivas Ante una Sospecha de ASI Ornella Ravenna Ahumada y Gastón Vinet Valdebenito A partir de los artículos que generan argumentos desde una perspectiva de derechos, se desprende que se pondrían principal- mente en juego de la CIDN (Naciones Unidas, 1989), el derecho a la familia (Árt. 9) y el derecho a la protección contra el abuso y los malos tratos (Árt. 19), generándose distintas interpretacio- nes de los autores respecto del interés superior del/de la niño/a (Árt. 3). Es con base en este último que surgen diversas posturas respecto de la necesidad o no de revincular a una figura parental con su hijo, encontrando más allá de aquella discusión, la po- sibilidad de estudiar las particularidades de cada caso. A partir de ello, se determinaría la necesidad y posibilidad de realizar la revinculación, considerando Dora (2012), Lamberti et al. (2003) y Batista et al. (2013) las particularidades del vínculo entre el/ la niño/a y el adulto, o el reconocimiento de la culpa por parte de este último, entre otros factores, pudiendo incluso requerirse la realización de terapias individuales a los implicados y el consentimiento del/de la niño/a para su realización (Batista et al., 2013; Dora, 2012; Lamberti et al., 2003). Conclusión Hasta la fecha, la terapia de revinculación, así como la deci- sión de si esta debiese o no realizarse, continúa siendo una temá- tica de fuerte discusión, particularmente en aquellos casos en los que se enfoca la presente revisión; esto es, aquellos en los que ha existido la sospecha de una transgresión en la esfera de la sexua- lidad de un/a niño/a. En vista de esto, se desprenden algunas conclusiones relativas a dos aspectos a tomar en consideración. En primer lugar, se considera que no en todos los casos en los que no fue posible determinar la existencia de una agresión sexual, debiese ordenarse la revinculación de un/a niño/a con la presunta figura abusiva, especialmente en aquellos casos en los que, por medio del relato del/de la niño/a u otros anteceden- tes, se pueda dar cuenta de características que correspondan a agresiones de carácter crónico o que el grado de afectación que presenta el/la niño/a sea muy elevado. A partir de esto surge la interrogación de ¿con quién se estaría revinculando? Lo anterior debido a que, dadas dichas características, sería alta la posibilidad
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