Agresiones sexuales: reflexiones acerca de las intervenciones psicológicas [Volumen VII]
125 Aplicaciones de la Justicia Restaurativa con Adolescentes Agresores Sexuales Pamela Vega Bigorra y Claudia Vergara Muñoz casos de mayor gravedad, determinar la necesidad de supervisión más restrictiva y/o custodia (UNODC, 2006). Las conferencias pueden ocurrir en distintos momentos den- tro del sistema judicial, como programas alternativos anteriores a la condena, programas obligatorios como causa de aceptación de culpabilidad o condena, o en cualquier momento que sea solicita- do por la víctima (Koss y Achilles, 2008). Si bien en muchas oca- siones estas conferencias son llevadas a cabo según cierto orden general, cada una es adaptada a las necesidades de sus integrantes (Zehr, 2007), siendo un elemento común de la mayoría de ellas la realización de un consejo familiar en algún momento del pro- ceso. En estos, el ofensor y su familia se retiran a otra habitación a conversar sobre lo sucedido y a elaborar una propuesta que se presentará a la víctima y los otros participantes (Zehr, 2007). Al igual que en el modelo anterior, las FGC cuentan con reu- niones de preparación previas y con la participación de facilitado- res, quienes se encargan de encauzar el diálogo, propiciando que los participantes puedan expresar con libertad sus sentimientos frente a lo sucedido, generando espacios de encuentro para que el grupo pueda llegar a un acuerdo (Caballero y Rojas, 2009). Estos también cuentan con la responsabilidad del desarrollo de un plan de reparación y rehabilitación que tome en cuenta tanto las causas como la reparación de la ofensa, que establezca la res- ponsabilidad del ofensor y que sea realista en relación con su eje- cución (Zehr, 2006). Este plan constituye un castigo restaurativo en tanto es impulsado por la víctima, individualizando al ofensor, y equilibra la participación de la víctima y la comunidad en la determinación de justicia (Koss y Achilles, 2008). Si bien la aceptación de responsabilidad de los actos cometi- dos por parte del ofensor es un requisito para hacer una conferen- cia, esto no necesariamente significa un completo entendimiento de por qué estos actos son considerados delitos por parte de este (Koss y Achilles, 2008). Por ello, se ha tendido a usar este tipo de programas para ayudar a los ofensores a asumir responsabilidad por sus acciones y a cambiar su comportamiento (Zehr, 2007). Esta forma de justicia restaurativa ha sido adoptada específi- camente para los casos de agresión sexual (Koss y Achilles, 2008).
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=