Agresiones sexuales: reflexiones acerca de las intervenciones psicológicas [Volumen VII]

123 Aplicaciones de la Justicia Restaurativa con Adolescentes Agresores Sexuales Pamela Vega Bigorra y Claudia Vergara Muñoz Intervenciones con Adolescentes Ofensores Sexuales Desde la Justicia Restaurativa Mediación/Diálogo Víctima–Ofensor (VOM/VOD) Surge en Canadá en la década de los ‘70 el Programa de Conciliación Víctima–Ofensor (Caballero y Rojas, 2009), y es una de las primeras prácticas en integrar la filosofía y el concepto de la justicia restaurativa al ámbito judicial (Zehr, 2007). Con relación a la denominación del modelo, si bien algunos autores utilizan indiferenciadamente los términos mediación y diálogo para referirse a este, el uso del primero resulta problemá- tico al referirse a crímenes de género, como la violencia sexual, en tanto una mediación no se encuentra diseñada para responder a actos que involucren partes con distintos niveles de poder al hablar y ser escuchados (Koss y Achilles, 2008). Estos programas pueden ser implementados solo pre–sanción, pre y post sanción, o solo post sanción (UNODC, 2006). Una vez derivado el caso al programa respectivo, se trabaja individualmen- te con cada una de las partes para ayudarlas a prepararse para un posible encuentro (UNODC, 2006; Zehr, 2007). Además de lo anterior, las reuniones individuales se realizan para asegurar que el encuentro no será revictimizante para la víctima, que el ofensor reconozca su responsabilidad y que sea sincero al querer reunirse con ella (UNODC, 2006). Luego de estas reuniones, el contacto directo con el ofensor no siempre es posible o deseado con la víctima, por lo que los procesos indirectos, en los que el facilitador se reúne de manera separada con ambas partes y les comunica lo expresado por la otra, facilita la comunicación te- lefónica entre ambos, o incluso hace lectura de un documento preparado en conjunto con esta, son también utilizados (Koss y Achilles, 2008; UNODC, 2006). Si se obtiene el consentimiento de ambos, se realiza una reunión entre ambas partes, organizada y dirigida por un facilitador capacitado que debe guiar este proceso de manera equitativa (Zehr, 2007). Este modelo involucra princi- palmente a víctimas y ofensores, aunque es posible que participen los familiares de ambos, manteniendo un rol secundario de apoyo (Zehr, 2007).

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