Migración internacional de enfermeras/os de América Latina 2010-2019
59 Migración internacional de enfermeras/os de América Latina 2010-2019 la llevaron a facilitar el acceso al mercado de trabajo, al mediar entre gobiernos provinciales y mu- nicipales, asociaciones de profesionales de la República Argentina y las organizaciones constituidas entre los refugiados y migrantes venezolanos. La Ley 25.903, que regula estos aspectos es: Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Parte del Mercosur, suscripto en Brasilia el 6 de di- ciembre de 2002. (Ley 25.903, 2004) Argentina Un nuevo paradigma en políticas migratorias, se gesta a partir de la Ley 25.871 que regula la Polí- tica Migratoria Argentina y establece los Derechos y obligaciones de los extranjeros, admisión de extranjeros a la República Argentina y sus excepciones entre otros, fue sancionada en diciembre 17 de 2003 y su Decreto modificatorio Migraciones Decreto 70/2017 Modificación. Ley N° 25.871. Con la aprobación de la norma jurídica en se promueve la protección de sus derechos buscando hacer efectivos los, a su vez, los consagrados en la Constitución e incorporando los estándares de la Orga- nización Internacional del Trabajo y de la Convención sobre la Protección de los Derechos de los tra- bajadores Migrantes y sus familias de la Naciones Unidas (Giustiniani 2004, citado por Bonita 2013). Son objetivos de la ley: ARTICULO 3° — Son objetivos de la presente ley: a) Fijar las líneas políti- cas fundamentales y sentar las bases estratégicas en materia migratoria, y dar cumplimiento a los compromisos internacionales de la República en materia de derechos humanos, integración y movilidad de los migrantes; b) Contribuir al logro de las políticas demográficas que establezca el Gobierno Nacional con respecto a la magnitud, tasa de crecimiento y distribución geográfica de la población del país; c) Contribuir al enriquecimiento y fortalecimiento del tejido cultural y social del país: d) Garantizar el ejercicio del derecho a la reunificación familiar; e) Promover la integración en la sociedad argentina de las personas que hayan sido admitidas como residentes permanentes; f ) Asegurar a toda persona que solicite ser admitida en la República Argentina de manera permanente o temporaria, el goce de criterios y procedimientos de admisión no discri- minatorios en términos de los derechos y garantías establecidos por la Constitución Nacional, los tratados internacionales, los convenios bilaterales vigentes y las leyes; g) Promover y difundir las obligaciones, derechos y garantías de los migrantes, conforme a lo establecido en la Consti- tución Nacional, los compromisos internacionales y las leyes, manteniendo en alto su tradición humanitaria y abierta con relación a los migrantes y sus familias; h) Promover la inserción e in- tegración laboral de los inmigrantes que residan en forma legal para el mejor aprovechamiento de sus capacidades personales y laborales a fin de contribuir al desarrollo económico y social de país; i) Facilitar la entrada de visitantes a la República Argentina para los propósitos de impulsar el comercio, el turismo, las actividades culturales, científicas, tecnológicas y las relaciones inter- nacionales; j) Promover el orden internacional y la justicia, denegando el ingreso y/o la perma- nencia en el territorio argentino a personas involucradas en actos reprimidos penalmente por
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy Mzc3MTg=