Migración internacional de enfermeras/os de América Latina 2010-2019
408 Migración internacional de enfermeras/os de América Latina 2010-2019 Decreto Legislativo N° 1350 dado con fecha 6 de enero del año 2017 sobre migraciones en el estado peruano (63,64). 3.4. Requisitos De Ingreso Al Pais Y Residencia, Normas Y Acuerdos De Circulacion Subregional (65,66) • Personas mayores de edad • Llenar el formulario para esta solicitud identificado como F-004. Es gratuito. • Realizar el pago por el derecho a trámite por 162.50 Soles (código 07568) depositado en el Banco de la Nación o en www.pagalo.pe. • Solicitar la Ficha de canje Internacional Interpol (excepto menores de edad). • Copia legible del pasaporte o, en el caso de diplomáticos, consulares y oficiales, del Carné de Protocolo vigente. • Acreditar solvencia económica mínima de 10 UIT de renta bruta anual de acuerdo con su calidad migratoria. • Acreditar continuidad de la calidad migratoria. • Tener como mínimo tres (3) años de residencia en el país y que, durante los tres (3) años anteriores a la presentación de la solicitud, no haya estado fuera del país tres (3) meses continuos o seis (6) meses alternados en un año. • Encontrarse dentro del país. 3.5. Normas De Validación De Títulos (42,44) SE RESUELVE Artículo 1.- Aprobación del Reglamento del reconocimiento de grados y/o títulos otor- gados en el extranjero Apruébese el “Reglamento del reconocimiento de grados y/o títulos otorga- dos en el extranjero”, que consta de diecinueve (19) artículos, dos (2) disposiciones complementarias transitorias, o cinco (5) disposiciones complementarias finales, dos (2) disposiciones complementa- rias derogatorias y un (1) anexo denominado “Solicitud de Reconocimiento de Grados y/o Títulos otorgados en el Extranjero” (46,48). Los requisitos son: • Carta poder simple, en caso el trámite sea realizado por una persona distinta al titular del grado y/o título. • Diploma original que acredita el grado y/o título, o documento con valor oficial reconocido por órgano competente en materia de educación superior universitaria que haga sus veces, verifica- ble mediante: • El acceso a la base de datos que corresponda, facilitado por el solicitante, que debe encon- trarse apto para su verificación por la SUNEDU. Debe tener nombres y apellidos del solicitante, la
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