Comunicación, política y sociedad. Estudios y reflexiones contemporáneas

Salvador Percastre-Mendizábal 171 desarrollo que contravenga el equilibrio con el medio ambiente, condena por anticipado a las comunidades a vivir en condiciones de pobreza sin posibilidad de retorno. Bajo esa lógica, los principios de la Declaración de Río, reconoce tres elementos fundamentales que deben conciliarse con el desarrollo sostenible: la conservación del ser humano como elemento nuclear, las necesidades de desarrollo y la conservación de las condiciones medioambientales del entorno. Los primeros principios de la Declaración, proyectan prospectivamente las condiciones ambientales de la humanidad, sin menospreciar el valor que tiene para el ser humano la consecución de circunstancias adecuadas para el desarrollo de su vida, acorde con unas condiciones sanas de su entorno; entendiendo que el planeta es un espacio que le pertenece, por anticipado, a una multiplicidad de formas biológicas de vida que hacen un tránsito naturalmente temporal y que requieren de un mundo circundante propio y acorde con su individualidad natural. La Declaración de Río, reconoce la existencia de agentes capaces de alterar el estado de cosas en el mundo biológico, en busca de acondicionar los espacios a su mundo natural cultural (Gehlen, 1993), reconociendo igualmente su capacidad de intervenir ante las actividades de desarrollo económico involucradas con la alteración o afectación del medio ambiente. En ese orden de ideas, la Declaración confiere a los agentes sociales capacidad, para decidir entre un desarrollo económico y un entorno natural, que salvaguarde la existencia humana, haciendo vinculantes sus decisiones cuando proyectos de desarrollo económico entran eventualmente en oposición con la preservación del medio ambiente y los ecosistemas o cuando se adoptan decisiones institucionales en torno a la disposición de materiales. Los Estados están obligados a escuchar a las comunidades y éstas a tomar decisiones vinculantes, cuando las acciones de explotación económica amenazan el medio ambiente y, de contera, su propia existencia. Por lo tanto, no hay incompatibilidad entre la conservación prospectiva de la vida conexa al medio ambiente y el desarrollo. De hecho, la Declaración articula el desarrollo y el entorno medioambiental a través de la preservación de la vida, lo que constituye el eslabón que impide la ruptura de ese vínculo, proyectando la paz en la comunidad actual y futura. Conclusiones El desarrollo, como un derecho humano, nominado por los instrumentos convencionales de las Naciones Unidas, amplía el valor democrático del juicio de los agentes para definir formas de vida que respondan a las necesidades de preservación del entorno vital. Estas decisiones, adoptadas a partir de un juicio común, hacen que

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