Informe país: estado el medio ambiente y del patrimonio natural

INFORME PAÍS SOBRE EL ESTADO DEL MEDIO AMBIENTE 2019-2022 SEGUNDA PARTE: Estado del medio ambiente y del patrimonio natural 132 Agregando que los organismos de la administración del Estado que serían competentes en la regulación y gestión del borde costero, son: ● La Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR), y la autoridad marítima dependiente de ella y también de la Armada de Chile; ● La Armada de Chile; ● Carabineros de Chile; ● La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, dependiente del actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; ● El Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura; ● La Dirección de Obras Portuarias, dependiente del Ministerio de Obras Públicas; ● El Ministerio de Bienes Nacionales; ● Las Municipalidades; ● La Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, dependiente del Ministerio de Defensa Nacional; y ● La Comisión Nacional de Uso del Borde Costero. Sin perjuicio de lo anterior, para este mismo autor, la institución básica que está encargada de la planificación y gestión del borde costero es la Comisión Nacional de Uso del Borde Costero (CNUBC), la que fue creada a partir de la Política Nacional de Uso del Borde Costero del Litoral de la República 338 , compuesta a su vez por representantes de diferentes organismos públicos relevantes, entre los cuales se consideran no solamente aquellos relativos al ámbito marítimo, como fue expuesto precedentemente, sino que también ciertas autoridades sectoriales, como los representantes de los Ministerios de Planificación, de Obras Públicas, de Vivienda y Urbanismo, el Servicio Nacional de Turismo o del Ministerio de Medio Ambiente 339 . Según Patillo Barrientos (1997) 340 , a través de esta Política, el Estado asumió " la obligación ineludible de estudiar y diseñar una planificación global, conjunta y armónica de su territorio, terrestre y marítimo, creando los mecanismos idóneos que permitan un desarrollo integral y coordinado de ellos, mediante el uso y 338 Véase, Política Nacional del Uso del Borde Costero, promulgada por el D.S.(M) N°475 del Ministerio de Defensa Nacional, publicada en el D.O. de fecha 11 de enero de 1975. 339 Originalmente, la Política Nacional del Uso del Borde Costero consideraba un representante de la ex Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA). 340 Véase J. Patillo. 1997. "Política Nacional del Uso del Borde Costero de la República. Oportunidades y riesgos". En Revista Marina. Vol. 114/837. Valparaíso, 1997, pp. 3-4.

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