Informe país: estado el medio ambiente y del patrimonio natural
INFORME PAÍS SOBRE EL ESTADO DEL MEDIO AMBIENTE 2019-2022 SEGUNDA PARTE: Estado del medio ambiente y del patrimonio natural 123 En nuestro país, la gestión de los bienes que están contenidos en los espacios marítimos y costeros se encuentra administrada por una institucionalidad, liderada desde el año 1960 por el Ministerio de Defensa Nacional 310 , y secundada por la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas 311 y a la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, quienes ejercen el control, fiscalización y supervigilancia de toda la costa y del mar territorial de la República. Lo anterior, se materializa en la facultad privativa que tiene el antes indicado Ministerio, a través de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas para conceder el uso particular de las playas de mar, de ríos y de lagos (ambos, que sean navegables por embarcaciones con sobre 100 TRG), terrenos de playa fiscales, de las rocas, fondos de mar, ríos y lagos (ambos, que sean navegables por embarcaciones con sobre 100 TRG), porciones de agua dentro y fuera de las bahías, mediante actos administrativos de concesión marítima o permisos y autorizaciones 312 , en el caso de que el solicitante sea una persona natural o jurídica de índole privado, o a través de una destinación marítima, en el caso que el requirente sea una institución o repartición de índole público. De esta forma, es la mediante el otorgamiento de la “concesión marítima”, el principal medio administrativo, a través del cual el Estado ha permitido el uso de algunos de los bienes que conforman su zonas costeras, puesto que, según lo explica Sayagués (2005) 313 es el " acto de derecho público que confiere a una persona un derecho o un poder que antes no tenía, mediante la transmisión de un derecho o del ejercicio de un poder propio de la Administración, o bien, son actos de concesión los que otorgan a una persona natural o jurídica el derecho de usar y gozar de algo que pertenece a la Administración, o a prestar en nombre de ella un servicio específico ". En este sentido, una concesión marítima es un acto administrativo, mediante el cual el Ministerio de Defensa Nacional o el Director General del Territorio Marítimo, según corresponda, otorga a una persona derechos de uso y goce sobre determinados bienes nacionales de uso público o bienes fiscales cuyo control, fiscalización y supervigilancia corresponde al 310 Conforme a lo dispuesto en la Ley sobre Concesiones Marítimas, promulgado por el D.F.L. N°340, publicado en el D.O. de fecha 5 de abril de 1960. 311 Anteriormente denominada “Subsecretaría de Marina”, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N°20.424, publicada en el D.O. de fecha 2 de febrero de 2010. 312 Facultad concedida al Director General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, de conformidad lo previene el Art. 8 del Reglamento sobre Concesiones Marítimas, modificado por D.S. (M) N°9, publicado en el D.O. de fecha 17 de marzo de 2018. 313 Véase, Sayagués Laso, Enrique, Tratado de Derecho administrativo (Montevideo, 1959), I, p. 420. Citado por Jessica Fuentes Olmos (2013), en su “Análisis comparado de los regímenes de las concesiones marítimas y de acuicultura”. En la Revista de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso N°41, Valparaíso dic. 2013 .
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