Informe país: estado el medio ambiente y del patrimonio natural

INFORME PAÍS SOBRE EL ESTADO DEL MEDIO AMBIENTE 2019-2022 CUARTA PARTE: Propuesta de cambios substantivos al estilo de desarrollo chileno 48 2.8.1. Propuesta constitucional La propuesta elaborada por la Convención Constitucional incorporó diversos artículos relacionados con los asentamientos humanos y el ordenamiento del territorio. Por una parte, se destaca la inclusión del derecho a la ciudad y el territorio (Convención Constitucional, 2022): 1. El derecho a la ciudad y al territorio es un derecho colectivo orientado al bien común y se basa en el ejercicio pleno de los derechos humanos en el territorio, en su gestión democrática y en la función social y ecológica de la propiedad. 2. En virtud de ello, toda persona tiene derecho a habitar, producir, gozar y participar en ciudades y asentamientos humanos libres de violencia y en condiciones apropiadas para una vida digna. 3. Es deber del Estado ordenar, planificar y gestionar los territorios, las ciudades y los asentamientos humanos; así como establecer reglas de uso y transformación del suelo, de acuerdo con el interés general, la equidad territorial, sostenibilidad y accesibilidad universal. 4. El Estado garantiza la protección y el acceso equitativo a servicios básicos, bienes y espacios públicos; la movilidad segura y sustentable; la conectividad y seguridad vial. Asimismo, promueve la integración socioespacial y participa en la plusvalía que genere su acción urbanística o regulatoria. 5. El Estado garantiza la participación de la comunidad en los procesos de planificación territorial y políticas habitacionales. Asimismo, promueve y apoya la gestión comunitaria del hábitat. Teniendo en cuenta que las ciudades correspondes al espacio donde se desarrolla la vida de las personas, se vuelve fundamental que estas cuenten con las condiciones mínimas de sustentabilidad e infraestructura que faculten la protección del ambiente en el cual se desenvuelven. Para ello, el ordenamiento del territorio cobra gran relevancia, ya que, mediante los instrumentos de ordenamiento territorial se definen las vocaciones del territorio, el uso de los componentes naturales y la hoja de ruta de como se irán desarrollando estos espacios (Gumucio et al., 2022). En este proceso, es esencial el papel que los habitantes tengan un rol importante en la decisión sobre los usos que se le pretende otorgar al territorio, razón por la que se valora la inclusión de un inciso que garantiza la participación de la comunidad en este ámbito. En resumidas cuentas, se propone retomar e incluir el derecho a la ciudad y el territorio, en el eventual nuevo proceso constituyente.

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