Informe país: estado el medio ambiente y del patrimonio natural

INFORME PAÍS SOBRE EL ESTADO DEL MEDIO AMBIENTE 2019-2022 CUARTA PARTE: Propuesta de cambios substantivos al estilo de desarrollo chileno 41 2.6. Ecosistemas marinos y del borde costero En la presente sección se detallan las propuestas que se pueden extraer de los resultados del capítulo de “Ecosistemas Marinos y del Borde Costero”. 1) Dictar normas de calidad secundaria para aguas y sedimentos marinos . Para mejorar la gestión de las red de Áreas Protegidas y Áreas Marinas Protegidas, es fundamental contar con normas de calidad secundaria que permitan contribuir a la conservación o preservación de los ecosistemas acuáticos marinos y sus servicios ecosistémicos, a través de la mantención o mejoramiento de la calidad de las aguas y sedimentos. Actualmente, solo existe un anteproyecto en esta materia para la protección de la Bahía Quintero-Puchuncaví. Se propone expandir la creación de estas normas en diferentes zonas del país, atendiendo a las características y usos que tengan los diferentes territorios costeros. La creación de estos instrumentos es el primer paso para avanzar hacia futuros Planes de Prevención y Descontaminación de las Aguas y Sedimentos Marinos. 2) Priorizar la elaboración de una Ley de Costas . Los resultados indican la necesidad de que el país cuente con una Ley de Costas efectiva, que permita enfrentar los desafíos de gobernanza que plantea el siglo XXI, en especial para enfocar el desarrollo sostenible y los procesos adaptativos del cambio climático. Esta nueva ley debe avanzar desde el concepto actual de Borde Costero hacia el concepto de Zona Costera. La repercusión de este enfoque es la extensión de la zona costera más allá de la playa y la inclusión dentro del territorio costero, de todos los ecosistemas costeros frágiles que actualmente no cuentan con formas de protección legal. Adicionalmente, esta futura ley debe regirse bajo una serie de principios entre los que se encuentran: a) enfoque de gestión integrada de zonas costeras; b) enfoque ecosistémico, c) enfoque de reducción del riesgo de desastres; d) interculturalidad; e) coordinación y cooperación; f) justicia ambiental, g) participativo; h) precautorio; i) preventivo. Por último, de esta nueva Ley debe desprenderse una futura Política Nacional Costera que, sobre la base de estos principios, tenga por objeto determinar las orientaciones, directrices y objetivos generales para abordar la planificación y administración de la zona costera del país (Senado, 2022a). 3) Articular las zonificaciones costeras con los Instrumentos de Planificación Territorial . Es necesario avanzar hacia zonificaciones costeras que sean vinculantes y que tengan criterios especiales para los territorios costeros, puesto

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