Informe país: estado el medio ambiente y del patrimonio natural

INFORME PAÍS SOBRE EL ESTADO DEL MEDIO AMBIENTE 2019-2022 CUARTA PARTE: Propuesta de cambios substantivos al estilo de desarrollo chileno 40 investigación , con estudios que combinen los saberes locales con los conocimientos científicos para reconocer las tecnologías más optimas de usar en las zonas secas. 2.5.1. Propuesta constitucional La Constitución vigente, menciona en su artículo 19 cuatro numerales que se relacionan de manera directa con los suelos. En primer lugar, el numeral 8˚ garantiza el derecho de las personas a vivir en un medioambiente libre de contaminación, estableciendo que es deber del Estado amparar la preservación de la naturaleza. Además, se pueden citar los numerales 1˚, 9˚ y 24˚ que garantizan los derechos a la vida, a la salud y a la propiedad. No obstante, la actual constitución, la normativa vigente y las políticas públicas sobre la protección y conservación de los suelos continúan siendo deficientes, lo que se asocia al desconocimiento de su importancia para los ecosistemas y porque, en general, este componente no se considera como un componente fundamental dentro de las políticas públicas del país (Convención Constitucional, 2022). Para el actual proceso constituyente, se recomienda retomar una iniciativa propuesta en la Convención Constitucional: “ Del reconocimiento del suelo . El Estado reconoce la importancia de los suelos como ecosistemas dinámicos e interrelacionados con otros ecosistemas, sus funciones ecológicas son inherentes a todos los tipos de suelos, los cuales permiten el soporte y desarrollo de la vida. Los suelos tienen un rol fundamental en la regeneración y preservación de la Naturaleza, el equilibrio de los ciclos biogeoquímicos y la mitigación de la crisis climática y ecológica” “ De los deberes del Estado en la protección y conservación de los suelos . Es deber del Estado proteger los suelos ecológicos, conservar los suelos productivos y asegurar su uso racional y equitativo. Así mismo, promoverá el conocimiento de los suelos para evitar su degradación y acciones que aseguren su estudio, monitoreo, preservación, regeneración y restauración”. Estos artículos permitirán definir reconocer a nivel constitucional el rol esencial que poseen los suelos para el enfrentamiento de la crisis climática y ecológica. Además, permite orientar el papel del Estado en la protección y uso sustentable de los suelos.

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