Informe país: estado el medio ambiente y del patrimonio natural
INFORME PAÍS SOBRE EL ESTADO DEL MEDIO AMBIENTE 2019-2022 CUARTA PARTE: Propuesta de cambios substantivos al estilo de desarrollo chileno 20 de los instrumentos de gestión de la calidad del aire. 3.2. Robustecer y modernizar el soporte tecnológico asociado a las actividades de fiscalización de la calidad del aire. 3.2.a. Agilizar el acceso y manejo de datos para el óptimo y temprano desarrollo de las actividades de fiscalización. 3.2.b. Suscitar el desarrollo de trámites digitales donde se facilite la realización de denuncias por parte de la ciudadanía. 3.3 . Potenciar la capacitación de profesionales dedicados a la fiscalización de los instrumentos de gestión de la calidad del aire. 3.3.a. Elaborar guías para el manejo y aplicación de los sistemas de fiscalización de la calidad del aire. 3.3.b. Realizar talleres destinados a la capacitación de las y los profesionales otorgando herramientas actualizadas para el manejo de datos. 3.3.c. Generar instancias de retroalimentación para la mejora de los instrumentos y mecanismos de fiscalización. Fuente: Elaboración propia. Los ejes planteados buscan ser de utilidad para organismos públicos, privados y aquellas organizaciones pertenecientes a la sociedad civil, enfocados en temas de medio ambiente; para la ciudadanía; y también para cualquier persona o institución que contribuya a la construcción y posicionamiento de políticas que atiendan este problema público. 2.1.4. Propuesta constitucional Como se ha señalado en otras secciones del presente informe, Chile se encuentra actualmente en un proceso dirigido a la elaboración y posterior votación de un proyecto de nueva Constitución. Uno de los hitos relevantes de este proceso fue la publicación de la propuesta constitucional elaborada por la Convención Constitucional, el 04 de julio del presente año. El componente “aire” destacó por formar parte de dos artículos: 105 y 134. El primero de ellos, proponía definir constitucionalmente que “Toda persona tiene derecho al aire limpio durante todo su ciclo de vida”, mientras que el segundo categoriza al aire como un “bien común natural inapropiable”, lo que implicaba que el Estado tenía un deber de preservación, conservación, y restauración al efecto (Convención Constitucional, 2022). No obstante, el 04 de septiembre, la propuesta constitucional fue rechazada por una amplia mayoría, con una opción “rechazo” que obtuvo el 60,56% de los votos
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