Informe país: estado el medio ambiente y del patrimonio natural

INFORME PAÍS SOBRE EL ESTADO DEL MEDIO AMBIENTE 2019-2022 TERCERA PARTE: Institucionalidad y Gestión Ambiental 85 dicho territorio. También establece, con carácter vinculante, condiciones de localización para la disposición de los distintos tipos de residuos y sus sistemas de tratamientos y condiciones para la localización de las infraestructuras y actividades productivas en zonas no comprendidas en la planificación urbanística, junto con la identificación de las áreas para su localización preferente (..) El plan reconocerá, además, las áreas que hayan sido colocadas bajo protección oficial, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación respectiva. En cuanto a su regulación, la LOCGAR en su Artículo 17°, indica que la elaboración y aprobación del PROT es competencia del GORE, al mismo tiempo que este debe ser coherente con la estrategia regional de desarrollo (ERD) y la política nacional de ordenamiento territorial (PNOT), previo informe favorable de los ministros que conforman la Comisión Interministerial de Ciudad, Vivienda y Territorio establecida en el párrafo quinto de este literal (DFL-1 Ley N°19175, 2005). Plan Regulador Intercomunal, Plan Regulador Metropolitano y Plan Regional de Desarrollo Urbano : Conforme a lo establecido en el D.S. 47/1992 Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, el Plan Regulador Intercomunal, Plan Regulador Metropolitano y el Plan de Desarrollo Urbano son Instrumentos de Planificación Territorial (IPT). A grandes rasgos, la Planificación Urbana Intercomunal regulará el desarrollo físico de las áreas urbanas y rurales de diversas comunas que, por sus relaciones, se integran en una unidad urbana, a través de un Plan Regulador Intercomunal. Cuando esta unidad sobrepase los 500.000 habitantes, le corresponderá la categoría de área metropolitana para los efectos de su planificación, es decir, un Plan Regulador Metropolitano. Por otro lado, la Planificación Urbana Regional orientará el desarrollo de los centros urbanos de las regiones a través de un Plan Regional de Desarrollo Urbano. Este será elaborado por la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo respectiva, deberá someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, se aprobará por el Consejo Regional, y se promulgará mediante resolución del Intendente. Las disposiciones del Plan Regional de Desarrollo Urbano deberán incorporarse en los Planes Reguladores Metropolitano e Intercomunales. Zonificación del Borde Costero : El control, fiscalización y supervigilancia de toda la costa y mar territorial de la República y de los ríos y lagos que son navegables por buques de más de 100 toneladas, le corresponde al Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas. Según lo establecido en los

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