Informe país: estado el medio ambiente y del patrimonio natural
INFORME PAÍS SOBRE EL ESTADO DEL MEDIO AMBIENTE 2019-2022 TERCERA PARTE: Institucionalidad y Gestión Ambiental 80 A partir de la aproximación con la que este apartado aborda la GAR, su estructura se desglosa en 2 grandes ejes: Institucionalidad Ambiental Regional e Instrumentos de Gestión Ambiental. En lo que respecta al primero, se contemplan aquellas instituciones u Órganos de la Administración del Estado (OAE) que administran IGA, así como los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental (OAECA) en el marco del SEIA; el segundo considera todos los IGA consagrados en la LBGMA, exceptuando aquellos que son objeto de otro apartado de este capítulo o del capítulo de otro componente. 5.1.1. Institucionalidad ambiental regional La Institucionalidad Ambiental Regional (IAR de ahora en más), se compone de todos los Órganos de la Administración del Estado (OAE) que administran o que participan en la aplicación de un IGA consagrado en la LBGMA, así como por los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental (OAECA), cuya opinión fundada es obligatoria en el proceso de tramitación de proyectos en el marco del SEIA. En cuanto a estos últimos, el artículo 24 del D.S. N°40/2012 que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA) establece que “Los órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participarán en la evaluación ambiental del proyecto o actividad serán aquellos que cuenten con atribuciones en materia de permisos o pronunciamientos ambientales sectoriales respecto del proyecto o actividad en particular (…). Sin perjuicio de los pronunciamientos ambientales de los órganos señalados en los incisos anteriores, siempre se solicitará pronunciamiento a los Gobiernos Regionales, las Municipalidades y la autoridad marítima competente (…)”. Los Permisos Ambientales Sectoriales (PAS) pueden ser de contenido únicamente ambiental o mixtos, y son objeto de tramitación del SEIA y los OAECA. El Anexo 5 indica los distintos permisos y pronunciamientos propios del SEIA junto con los OAECA responsables. Por otro lado, la IAR comprende aquellos OAE que no necesariamente son partícipes del SEIA pero que intervienen en la administración de otros IGA. Por lo tanto, la Figura 5.1 constituye un modelo resumen de la IAR más relevantes para efectos de la GAR, así como los IGA consagrados en la LBGMA. Respecto a las relaciones del Modelo de GAR que se muestran en la Figura 5.1 , el Ministerio del Medio Ambiente (MMA) presenta varias atribuciones en materia de
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