Informe país: estado el medio ambiente y del patrimonio natural
INFORME PAÍS SOBRE EL ESTADO DEL MEDIO AMBIENTE 2019-2022 TERCERA PARTE: Institucionalidad y Gestión Ambiental 70 la resolución. Hubo un recurso sometido a la Corte de Apelaciones por la SMA que fue rechazado. En el mismo periodo, fueron sometidos 73 requerimientos de la SMA al Tribunal Ambiental de Santiago solicitando autorización para la aplicación de sanciones de clausura temporal o definitiva y/o de revocación de la RCA por incumplimientos y otras causales de acuerdo con la Ley N° 20.417. 90,41% de las solicitudes fueron autorizadas, 12,33% fueron rechazadas y el 2,74% fue autorizado parcialmente. El 45,21% de las solicitudes correspondieron al año 2016 ( Ver Anexo 4.3 ). 4.2.3. Judicialización de proyectos de inversión sometidos al SEIA 4.2.3.1. Causas y proyectos judicializados Luego de ser calificados como aprobados o rechazados por medio de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), los proyectos de inversión pueden enfrentar nuevos trámites en instancias superiores asociadas a reclamaciones administrativas y judiciales. Se recurre en este apartado al estudio del Observatorio de la Productividad 44 que aborda la judicialización 45 de los proyectos de inversión sometidos al SEIA, básicamente centrado en aquellas causas tratadas por los tribunales ambientales que se originaron en reclamaciones del titular del proyecto contra la RCA, en reclamaciones de terceros que efectuaron observaciones al proyecto en el contexto de la participación ciudadana que no fueron ponderadas y en reclamaciones de terceros no titulares de los proyectos ni involucrados en el procedimiento de evaluación que reclaman respecto de la resolución que resuelve un procedimiento de invalidación de un acto administrativo de carácter ambiental 46 . El estudio identificó 254 causas ingresadas a los tribunales ambientales desde su creación hasta diciembre de 2021. Del total identificado, 37 se acumularon a 44 Se reproducen parcialmente aspectos del análisis sobre la judicialización de proyectos de inversión ingresados al SEIA, que realiza el Observatorio de la Productividad, y que se presentan en su Informe N°7 del segundo semestre de 2021. 45 Según el Diccionario del Español Jurídico de la Real Academia de la Lengua, judicializar es “llevar por la vía judicial un asunto que podría conducirse por otra vía, generalmente política” (en línea, https://dej.rae.es/lema/judicializar, agosto 2019). En el caso de la evaluación ambiental de proyectos, la vía por la que deberían resolverse los conflictos ambientales es, más bien, la vía administrativa, ciertamente muy determinada, efectivamente, por funcionarios públicos, generalmente de confianza de la autoridad política. 46 Se trata de reclamaciones que se consideraron más directamente relacionadas con los proyectos de inversión y con el SEIA. Se corresponden con las competencias de los tribunales ambientales, definidas en los numerales 5, 6 y 7 del artículo 17 de la Ley 20.600.
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