Informe país: estado el medio ambiente y del patrimonio natural
INFORME PAÍS SOBRE EL ESTADO DEL MEDIO AMBIENTE 2019-2022 TERCERA PARTE: Institucionalidad y Gestión Ambiental 23 En lo que recae en materia ambiental, hasta entonces la Constitución vigente posee un único artículo de connotación medioambiental. El artículo 19 consagra en cuatro incisos la relación de las personas con el medio ambiente. En su artículo 19, No 8, declara “el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar por que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza”. El inciso No 20 complementa este anterior al determinar un recurso de protección “cuando el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación sea afectado por un acto u omisión ilegal imputable a una autoridad o persona determinada”. El inciso No 23 de la Constitución establece “la libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes, excepto aquellos que la naturaleza ha hecho comunes a todos los hombres o que deban pertenecer a la Nación toda y la ley lo declare así […]”. Y en el inciso No 24 se regula el derecho de propiedad, entre ellas, se determina el poder de propiedad del Estado sobre las minas, “comprendiéndose en éstas las covaderas, las arenas metalíferas, los salares, los depósitos de carbón e hidrocarburos y las demás sustancias fósiles, con excepción de las arcillas superficiales, no obstante la propiedad de las personas naturales o jurídicas sobre los terrenos en cuyas entrañas estuvieren situadas”, y la propiedad sobre las aguas, indicando que “los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos”. La Constitución es complementada por una serie de normas y leyes asociadas al medio ambiente, no obstante, independientemente de las disposiciones consagradas en ella y otros decretos de ley, es posible observar diversos conflictos socioambientales a lo largo del país detonados por la afectación a la salud de las personas y la degradación del medio natural. La propuesta elaborada de una nueva Constitución se caracterizó por poseer una connotación medioambiental, destacando temas discutidos en los cabildos sociales durante el denominado Estallido Social el año 2019, como el reconocimiento de la crisis climática y ecológica, la salud medioambiental para el bienestar de las personas 17 , la urgencia de abordar asuntos relacionados a la gestión del agua, el derechos de los animales y el valor per se de la naturaleza, entre otros temas. Pese al rechazo del texto redactado, es de interés realizar un breve análisis de la connotación medioambiental que sostenía la propuesta, marcando un registro histórico sobre 17 En Chile, hasta la fecha, cinco ciudades han sido declaradas como Zonas de Sacrificio dada la alta concentración de industrias contaminantes, principalmente carbón, provocando efectos adversos a la calidad ambiental (aire, agua, suelo) y al bienestar de los habitantes. Durante el Estallido Social surgieron discusiones relacionadas al desarrollo económico a cuestas de la calidad de vida de los habitantes de aquellas zonas mayormente industrializadas.
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